1

Simulación y secrecía oficial

FOTO: Modesto Peralta Delgado.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). México nace a la vida republicana, tras el apaciguamiento nacional, una vez concluida la revolución más sangrienta de que se tiene registro en el continente americano. Tras decretarse la Constitución de 1917, los inicios del ejercicio de la democracia representativa enfrentaban la amenaza de una reacción armada que a través de un golpe de Estado, regresaran el mando de la nación a un dictador. Es por eso que en esa etapa de nuestra historia moderna, se justificaba la secrecía y el sigilo al momento de tomar determinadas decisiones, como la de nombrar un Presidente o Gobernador sustituto.

Con el paso del tiempo, el régimen se afianzó y las amenazas que justificaban el secreto en el ejercicio decisorio gubernamental, quedaron superadas.

También te podría interesar Sociedad Civil de BCS convoca a un Foro Estatal sobre Seguridad Pública.

En el siglo XXI, el llamado siglo de la comunicación y la transparencia, lo único secreto en lo relacionado al ejercicio público, es el voto ciudadano. La única reserva de privacidad que hemos de preservar, es la que se otorga al gobernado cuando acude a emitir su voto.

Pese a ello, el marco normativo federal constitucional sigue previendo la secrecía en el ejercicio de gobierno (Artículo 84), en el supuesto de la elección del Presidente sustituto; e incluso cuenta con un añadido retrógrada e incompatible, pues el 7 de febrero de 2014 se agregó la fracción VIII al apartado A del Artículo 6º Constitucional, en el que establece que el Presidente del Instituto Nacional de Acceso a la Información, será electo por los comisionados mediante votación ‘secreta’. Irónico que el encargado de acabar con la opacidad, sea elegido ‘en secreto’.

En el ámbito local, la Constitución Política de Baja California Sur mantiene la secrecía para la toma de determinaciones que en la actualidad deben ser absolutamente transparentes, como es el caso de la elección del Gobernador sustituto (Art. 72), el nombramiento del Magistrado Presidente del Tribunal Estatal de Justicia (Art. 95), así como la designación del magistrado y juez que integrarán lo que llaman “Consejo de la Judicatura” (Art 97).

Las normas secundarias del Estado permiten a los diputados tomar en secreto, decisiones que deberían ser tomadas de cara a la ciudadanía, como ocurre en los casos de juicio político.

En el ámbito municipal, se permite legalmente que los Cabildos sesionen en secreto, dando con ello pie a grandes corruptelas, como las que han permitido innumerables actos de endeudamiento o saqueo, en detrimento del erario municipal; o han puesto en peligro nuestro entorno ecológico, como es el caso de la fallida intentona de la anterior administración municipal paceña cuando trataron de abrir la puerta en nuestra comunidad a la mega-minería tóxica.

Otra práctica contraria a la transparencia y eficacia en el ejercicio gubernamental, que constituye un resabio de los esquemas dictatoriales en la designación de encargos, lo constituye el proceso discrecional, que permite al Secretario de Educación, otorgar a su vástago, una plaza y al mismo tiempo, una comisión a cubrir simultáneamente en dos espacios distantes 354 kilómetros entre sí, como si el angelito tuviera el don de la ubicuidad.

Una práctica más que cubre la secrecía dictatorial del dedo decisorio ejercido por el Gobernador en turno, es la que corresponde al nombramiento del Procurador de Justicia y de Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, donde los aspirantes que integran la terna –previamente palomeada— desfilan ante los diputados en una pasarela, como si fuera un concurso de belleza o una exposición ganadera. Resulta ofensivo ese procedimiento.

Es imposible que los diputados puedan elegir a la mejor opción para un encargo de tan elevada responsabilidad, con solo escucharlos en tribuna. Como si nuestros representantes populares fueran aptos para evaluar la capacidad e idoneidad del aspirante con un par de preguntas.

Nuestros diputados tienen el derecho constitucional de ser ignorantes, porque el planteamiento normativo presume que se rodearán de asesores adecuados, pero cuando en la práctica se rodean de allegados ineptos e incapaces, entonces vemos que la opacidad y discrecionalidad son otra vez herramientas de corrupción y componendas.

Nuestras propuestas

Modificar la Constitución y el marco normativo secundario, para erradicar por completo toda toma de decisión que se realice de espaldas al gobernante.

Eliminar la secrecía del ejercicio público, para eliminar la opacidad en la toma de decisiones que afectan indefectiblemente a todos los contribuyentes.

Que los cargos relacionados con la procuración y administración de justicia se asignen por concurso y selección, no por designación.

Que se profesionalice y regule el encargo de asesor parlamentario, para garantizar el profesionalismo en el quehacer legislativo.




Entregan en Congreso Reconocimiento Estatal al Deporte a Antonio Hidalgo

FOTOS: Insude.

 La Paz, Baja California Sur (BCS). “El 2017 ha sido un gran año para el deporte de Baja California Sur, así lo respaldan los resultados obtenidos tanto a nivel nacional como internacional”, dijo el deportista Antonio Hidalgo Ibarra, al hablar en la sesión solemne de entrega de la medalla Reconocimiento Estatal al Deporte por parte del Congreso del Estado, informa el Instituto Sudcaliforniano del Deporte (Insude), a través de un comunicado de prensa.

Antonio Hidalgo Ibarra dijo que “Baja California Sur es grande por su gente y por los talentos que tiene en el deporte, que día a día se esfuerzan por ser mejores y cumplir con una digna representación alcanzando los máximos logros en las competencias que se llevan a cabo en México y también a nivel mundial. Este reconocimiento nos llena de orgullo y satisfacción en lo personal y de nuestras familias, es bonito soñar pero más bonito es luchar por hacerlos realidad, plantearse metas y librar todo tipo de obstáculos para llegar a ellas, porque es así como realmente se disfruta la victoria”.

Ante el director general del Insude, José Avila Geraldo, y el presidente de la Comisión del Deporte en el Congreso del Estado, diputado Edson Gallo Zavala,convocó a realizar una gran cruzada por el deporte, “con la finalidad de que los niños y jóvenes tengan opciones para aprovechar de manera positiva el tiempo libre y se alejen del ocio, que luego los lleva a caminos equivocados como las drogas”.

En la sesión de este día también recibieron el reconocimiento el entrenador Enrique Gustavo Caraballo Valdez y Christiam Valenzuela Zamudio, como presidente de la Asociación Estatal de Ciclismo de Baja California Sur, por el impulso, promoción y desarrollo al deporte durante este año.




Reforma procesal civil y familiar

FOTO: Internet.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). El viernes pasado se publicó la reforma constitucional que pretende modernizar el procedimiento judicial mexicano en materia civil y familiar, facultando al legislativo federal para crear una legislación procesal única para todo el país, en ambas materias; la reforma busca estandarizar y adecuar la norma procesal, a la tendencia internacional en la materia, privilegiando la solución de conflictos, simplificando los procedimientos, eliminando formulismos y prácticas dilatorias que hoy en día tienen saturados los tribunales en todo el país.

Una vez concluida la irreversible implementación del sistema penal acusatorio, se inicia la unificación de la normatividad procedimental civil y familiar. Estas tres materias abarcan prácticamente el 90% de la carga laboral que atienden los tribunales judiciales estatales.

También te podría interesar Necesitamos traductores certificados en Baja California Sur.

La reforma impone un plazo de 180 días al legislativo federal, para publicar el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, y la misma temporalidad a los Congresos locales, para adecuar su legislación interna al nuevo esquema procedimental.

Esta disposición en los transitorios pone a Baja California Sur en una complicada situación, pues todos nuestros “legisladores”, tanto federales como estatales, se encuentran inmersos en la búsqueda de personales acomodos con vista al próximo periodo electoral, y por tanto, es improbable que nos representen con precisión y eficacia durante la elaboración de la nueva legislación nacional procesal civil y familiar.

Esto es particularmente importante, porque la realidad cotidiana sudcaliforniana no se parece a la de ningún otro Estado de la República, y si nuestros “legisladores” federales no llevan a la mesa de elaboración de la nueva legislación aquellas peculiaridades que nos distinguen del resto de la nación, deberemos sujetarnos a una normatividad que probablemente no corresponda del todo a nuestras necesidades particulares en materia de reglamentación procesal.

Viene al caso como ejemplo, la anécdota de aquel famoso penalista del Inacipe al que el Gobierno Estatal le encargó que nos elaborara un nuevo Código Penal. Cuando el afamado académico foráneo entregó su trabajo, obviamente sin conocernos ni conocer nuestra geografía, presentó un proyecto en el que resultaba delito grave quemar los plantíos de henequén y las selvas, así como bloquear las vías del ferrocarril.

Resulta imperativo pues, que quien legisle nos conozca y conozca nuestra realidad social, económica y geográfica, y por ende es importante que exijamos a nuestros “legisladores” federales que hagan a un lado sus pretensiones futuristas electoreras, y se aboquen a representarnos digna y atinadamente durante la elaboración del Código Nacional de Procedimientos Civil y Familiar.

Y de la importante labor de adecuación de la legislación local, ni hablamos; de por sí enfrentamos un grave retraso, y esta nueva carga de trabajo legislativo hace más compleja la labor de nuestros “legisladores” locales, quienes difícilmente suspenderán sus personales campañas, para ponerse a trabajar para abatir el enorme rezago legislativo que hoy enfrenta nuestro congreso local. Y es que no es lo mismo repartir elotes, revender costales de cemento o retratarse entregando despensas, que legislar.

Artículos que se reformaron

Artículo 16: Ya no será necesario documentar por escrito todas las constancias procesales en los juicios orales. Esta reforma busca agilizar y desformalizar los procedimientos.

Artículo 17: Se privilegia la solución de los conflictos por encima de las formalidades. En congruencia con la reforma al Artículo 16, se busca que el juzgador atienda al fondo del asunto, en lugar de perderse en banalidades. Atender al fondo sin condicionar la solución a formalidades procesales. Los jueces deberán centrarse en la solución del conflicto, respetando siempre el debido proceso, la igualdad entre las partes y sin vulnerar derechos de las partes.

De aplicarse adecuadamente esta reforma, juicios que hoy mantienen entrampados a los litigantes en laberintos procesales, deberán resolverse sin dilación. En otras palabras, juicios de alimentos, custodia, arrendamiento, etcétera, que actualmente duran años, deberán ahora solucionarse sin mayores dilaciones.

Artículo 73, Fracción XXX: Se faculta al Congreso de la Unión para crear un código único en materia civil y en materia familiar. Todas las legislaciones actualmente vigentes en los 32 Estados de la República en materia civil y familiar, serán suprimidas por un Código Nacional, con vigencia en todo el territorio nacional. Con esta medida se unifican las reglas procesales, se facilita la interpretación jurisprudencial de las normas procesales, y se evitan contradicciones normativas que actualmente existen entre una entidad federativa y otra.

La mala noticia es que los juicios que actualmente se ventilan y los que inicien su trámite en tanto no entra en vigor la nueva legislación procesal civil y familiar, se seguirán tramitando conforme a la legislación actual, por lo cual, la pesada carga de trabajo que hoy satura los tribunales judiciales, seguirá acumulándose al menos durante un par de años más.




Represión, fabricación de delitos y mentiras oficiales en BCS

Abogado Arturo Rubio Ruiz. FOTO: Cortesía.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). El vocero oficial del gobierno de Baja California Sur, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 163 de la Constitución Estatal, como encargado de la Comunicación Social y relaciones públicas del Ejecutivo, al realizar un acto informativo lo hace con el carácter institucional y, por ende, es la voz del Gobierno del Estado.

También te podría interesar La prisión preventiva oficiosa: el remedio a la incompetencia.

Bajo ese presupuesto normativo, el encargado de la Comunicación Social del Estado, durante su entrevista telefónica con el reportero de Proceso, no solo habló a nombre del Procurador de Justicia de BCS, sino que lo hizo representando al Gobierno del Estado, atendiendo al encargo que detenta. En la entrevista nunca precisó lo anterior, y el entrevistador se quedó con la idea de que hablaba con el Procurador de Justicia en el Estado.

Lo anterior es reflejo de la falta de profesionalismo del vocero gubernamental, y  ello sería motivo suficiente para removerlo del encargo, pero lo más grave, lo que como sociedad debe preocuparnos, es la facilidad con que este sujeto falta a la verdad, vierte información cuya falsedad es fácilmente constatable, y lo que nos alarma, es que de manera institucional informe que quienes cuestionan o critican el quehacer público, se hacen acreedores a un proceso ilícito pero oficializado de persecución ministerial judicializable.

En otras palabras, en Baja California Sur se criminaliza la crítica al servicio público, conforme a la confesión expresa del encargado de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Gobierno de Baja California Sur.

Durante la breve entrevista, el vocero estatal —hablando a nombre del Procurador de Justicia—, anuncia que se ha iniciado una investigación en mi contra, “por las descalificaciones que el abogado realizó en la prensa y en las redes sociales“.

Yo no “descalifiqué” al Procurador de Justicia de BCS, lo denuncié. Descalificar es un término blandengue. Lo hice responsable, y sostengo que es el principal responsable de la falsificación de documentos oficiales que llevó a John Moreno a prisión.

Habiendo más de 20 mil denuncias pendientes de investigación en la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), y tanta criminalidad que hoy nos tiene en el PRIMER LUGAR NACIONAL de inseguridad, de acuerdo a la publicación del 1er semestre 2017 de Semáforo Delictivo,  el Gobierno del Estado utiliza su fuerza persecutora, no para abatir el crimen sino para criminalizar a quienes protestamos por su deficiente desempeño.

Teniendo el antecedente de John Moreno —a quien siendo inocente le fabricaron pruebas para meterlo a la cárcel—, acudí a la justicia federal en demanda de amparo, pues abrigo el temor fundado de que el gobierno sudcaliforniano, repitiendo su ilícito proceder, me fabrique un delito y busque encarcelarme. Pasaron de las cobardes llamadas intimidantes y el seguimiento subrepticio al anuncio oficial de que en mi contra se endereza una investigación por el “delito” consistente en ejercer el derecho fundamental de cuestionar, criticar y señalar a los malos funcionarios de la administración pública estatal, específicamente, al actual Procurador de Justicia.

Regresando a la entrevista de la revista Proceso sobre el caso John Moreno, el vocero estatal —a nombre del Procurador— descalifica el peritaje de la defensa, al que tacha de “parcial”, e indica que la PGJE entregó su propio peritaje que “demuestra lo contrario”, es decir, que no hubo falsificación de pruebas contra el activista.

Sobre el dictamen emitido por el perito de la defensa, debo precisar que el mismo, fue presentado a petición nuestra, dentro del término constitucional ampliado, que corrió del 19 al 25 de mayo.

Se presentó el peritaje de grafoscopía (firmas) y documentoscopía (alteración de documentos) y la Juez señaló fecha dentro de dicho término constitucional, para que el perito lo ratificara. Es en esa audiencia donde las partes pueden cuestionar al perito, y en su caso impugnarlo. Se llevó a cabo la audiencia el 23 de mayo hogaño, y la agente del Ministerio Público adscrita al juzgado, ni cuestionó ni impugnó el peritaje. Esa era su oportunidad y no lo hizo, entre otras razones, es porque el peritaje es incuestionable, pero para los efectos procesales lo que importa es que precluyó su derecho a impugnar en el término constitucional el dictamen.

Por tanto, es ABSOLUTAMENTE FALSO que “la PGJE entregó su propio peritaje”, cuando ni siquiera cuestionó o impugnó en tiempo, el emitido por el perito de la defensa.

Copia de la diligencia de ratificación de dictamen, que prueba la falsedad de lo afirmado por el vocero del Gobierno del Estado. IMAGEN: Cortesía.

CONCLUSIONES

.- Tenemos un gobierno estatal que anuncia oficialmente —por conducto de su vocero—, que en Baja California Sur se criminaliza la protesta social y se utiliza a la Procuraduría de Justicia para investigar a quien “descalifica” a sus funcionarios. Y el Congreso NO DICE NI HACE NADA.

.-  Tenemos un Procurador de Justicia que falsifica por alteración constancias procesales y con base en ellas, encarcela a un luchador social. Y el Congreso NO DICE NI HACE NADA.

.-  El Gobierno del Estado difunde –por conducto de su vocero estatal—información falsa sobre la actuación de la Procuraduría en un proceso relevante. Y el Congreso NO DICE NI HACE NADA.

.-  Tenemos un gobierno represor, un Procurador que fabrica delitos, un vocero estatal mentiroso y un Congreso integrado por Diputados que NO NOS REPRESENTAN.




El exceso en la legítima defensa en BCS: una reforma populista

FOTOS: Internet.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La reciente reforma —hecha al vapor— del Código penal, que despenaliza el exceso en la legítima defensa en BCS, es una infortunada medida populista pre electorera que pretende capitalizar el descontento social que genera la sanción punitiva a las acciones de reacción violenta de la ciudadanía ante actos delictivos que atentan contra el patrimonio o la integridad física de quienes tienen el infortunio de ser víctimas de delito.

El conflicto de aplicación de la norma, y el subsecuente descontento social, nace de la interpretación rigurosa del texto del Código Penal en vigor desde marzo de 2015, que en su parte general establecía un criterio muy estricto de aplicación de los conceptos de proporcionalidad y racionalidad en el uso de la fuerza aplicada al repeler una agresión real, actual e inminente.

También te podría interesar El costo de la venganza.

Y es que ese texto estaba construido a partir de un supuesto en el cual, el Estado es el encargado de prevenir, inhibir, combatir, perseguir y sancionar el delito, de tal suerte que el gobernado pueda depositar en las corporaciones de seguridad pública, la contención de los actos delictivos que atenten contra sus bienes patrimoniales y su integridad física.

El problema surge cuando el Estado es incapaz de realizar con eficacia la labor de seguridad pública a su encargo, y el gobernado debe enfrentar directamente el embate delictivo, actividad para la cual no cuenta ni con la experiencia ni capacitación táctico-técnica adecuadas para ello.

En ese panorama, que corresponde a nuestra cotidiana realidad sudcaliforniana, lo procedente era ampliar racionalmente el margen de acción ciudadana en el ejercicio de la legítima defensa, pero en modo alguno, despenalizar su exceso, pues ello abre una peligrosísima compuerta que libera las expectativas de abuso en la reacción repelente al acto criminal. Un exceso que legaliza la venganza privada y deja sin castigo la desproporcionada reacción ante una acción real o aparente, criminalmente intentada.

La despenalización del exceso en la legítima defensa en BCS abre un campo de impunidad al abuso en la reacción ante una amenaza criminal, y al mismo tiempo, transfiere al gobernado una responsabilidad que originaria y esencialmente corresponde al Estado.

En otras palabras, como el gobierno es incapaz de contener la embestida de la criminalidad, con esta reforma traslada al gobernado la responsabilidad de hacer frente a la misma, y así será el mismo gobernado el responsable de velar por su seguridad y combatir e incluso castigar al delincuente, sin que haya proporcionalidad o contención a su esfuerzo punitivo, pues la reforma es muy clara al establecer que “en ningún caso se castigará el exceso en el ejercicio de la legítima defensa”.

La reforma en comento viene entonces a propiciar un incremento en los niveles de violencia urbana, autorizando al gobernado a tomar la justicia por su propia mano, haciendo de la legítima defensa una herramienta ilimitada adecuada a la satisfacción de su afán por responder y al mismo tiempo castigar –sin límite ni mesura— a quien atente contra sus bienes y valores.

Si un sujeto pretende arrebatarme la cartera, podré matarlo argumentando que lo hice en un exceso de la legítima defensa y que por ello, no puedo ni debo ser sancionado. La reforma es inconstitucional, populista, imprudente, irresponsable y técnicamente desastrosa.

Debió reformarse el texto, desde luego, por resultar excesivamente rigorista, y por ende, debió ajustarse a la problemática social que actualmente enfrenta Baja California Sur, pero lo adecuado era ampliar de manera racional y armónica los parámetros de la legítima defensa, pero nunca despenalizar su exceso, pues ello conlleva indefectiblemente una antijuridicidad ya identificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en una tesis histórica de sostenida actualidad.

Y todo el problema es generado por la tendencia malsana de nuestros diputados, de dar salida populista a problemas que requieren solución sistematizada no siempre capitalizable en el ánimo de la ciudadanía.

Y todo debido al entusiasmo electorero de los diputados, que a toda costa buscan capitalizar el ejercicio legislativo a su favor, sobre todo en épocas pre electoreras, y a ese pérfido afán hay que agregar el hecho de que en el Congreso de BCS no contamos con un solo asesor parlamentario especialista en derechos humanos, ni en derecho penal.

La reforma que despenaliza el exceso en la legítima defensa es un grave error que tendrá un alto costo social, y que solo obedece al particular y personalísimo interés electorero de legisladores que buscan darle al electorado la falsa sensación de que les están representando en el Congreso de BCS.