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Iniciativa ciudadana a favor del principio de igualdad de género

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Para garantizar que el principio de igualdad sustantiva se traduzca en la práctica y un mandato para la participación paritaria, en espacios donde persisten desigualdades como son los puestos de elección popular, la administración pública, la administración de justicia, la impartición de justicia y los organismos autónomos administrativos y jurisdiccionales electorales, el maestro Enrique Arturo Mayorquín presentó iniciativa ciudadana con proyecto de decreto, misma que dio lectura la diputada Maricela Pineda García, informó el Congreso del Estado.

El iniciador destaca que el Poder Judicial del Estado, debe establecer los mecanismos claros y obligatorios para proteger debidamente el acceso de las mujeres a puestos directivos y de decisión de primer nivel, como serían Magistradas en el Tribunal Superior de Justicia y consejeras en el Consejo de la Judicatura Estatal, ya que de la forma en que se encuentra redactado el Artículo 90 de la Constitución Política del Estado, permite que el Ejecutivo, proponga una terna de magistrados ante el Congreso, sin mencionar el principio de igualdad de género y al no estar establecida constitucionalmente como obligación, no es obligatorio su cumplimiento y lo mismo sucede para los cargos de la Judicatura Estatal.

En su exposición de motivos el maestro Mayorquín reconoció las barreras estructurales que enfrentan las mujeres por su condición de género y que han sido analizadas a partir de diversas categorías como: el “techo de cristal” (barrera invisible que consiste en discriminaciones y prejuicios tan sutiles que impiden confiar en las mujeres puestos de responsabilidad o prácticas patriarcales); el “suelo pegajoso” (que se refiere al trabajo doméstico y de cuidados en el cual las mujeres inmersas a raíz de los estereotipos de género y por lo que enfrentan  múltiples jornadas de trabajo); el “techo de cemento” (que engloba la educación sexista, las estructuras laborales, horarios y dinámicas masculinas); el “techo de diamante” (que impide que se valore a las mujeres por criterios estrictamente profesionales sino de acuerdo a sus características físicas), lo que las deja en una situación de desventaja y subordinación para aspirar a un puesto de decisión.

Agregó que al hacerse estas modificaciones, se cumplirá con las observaciones hechas por organismos internacionales, así como con lo mandatado por los instrumentos nacionales e internacionales, asegurando la plena participación de las mujeres en dichos cargos.

Por otro lado, se impulsará un cambio en el colectivo imaginario que asegura que las mujeres no pueden acceder a dichos cargos, generándose un cambio en la concepción del estereotipo femenino; visibilizando a la mujer en cargos públicos lo cual genera una expectativa en futuras generaciones.

Dicha iniciativa ciudadana implica la reforma a la fracción IV del artículo 79, los artículos 90,91 y 92 de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur y fue remitida a  las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia así como a la de Igualdad y Género.




Proponen reformas al Código civil para realizar cambios de actas de nacimiento

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La Paz, Baja California Sur (BCS). La diputada Maricela Pineda García, representante del Partido de la Revolución Democrática en la XV Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur, presento iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se reforma el Artículo  145  y se adiciona un Artículo 145 Bis al Código Civil para el Estado, que tiene que ver con los casos en los que se pueden hacer cambios a las actas de nacimiento por diferentes motivos, informó el Congreso del Estado.

Señaló que actualmente el Código Civil establece en su Artículo 145, que para modificar el contenido de un acta del Registro Civil que implique una modificación del estado civil de las personas, el interesado debe plantear su solicitud ante la autoridad judicial. Sin embargo este Artículo no prevé situaciones que en la actualidad se han resuelto a través de criterios jurisprudenciales. Refirió que existen diversos Artículos de legislaciones civiles de entidades federativas, que ya han sido objeto de reflexiones en relación a las implicaciones de la modificación del  “nombre”, mencionado las tesis aisladas con número de registro: 2000342 y 2001628, las cuales  brindan diversos criterios en relación a la modificación del “nombre propio” o “apellidos” de las personas.

Por ello propone ajustar la norma local a estos criterios, para darle una mayor claridad y alcance normativo, así como ajustarlo a la realidad actual, atendiendo al reconocimiento progresivo del derecho humano a la identidad y en particular al nombre.

La iniciativa propone que el ciudadano esté en posibilidad de ajustar su acta de nacimiento a su realidad social, cuando el accionante ha usado invariable y constantemente un nombre propio o apellidos diversos en su vida social y jurídica al que aparece en su acta de nacimiento.

También con esta modificación legislativa se pretende que el ciudadano pueda adecuar el acta si el nombre propio del ciudadano le pueda causar afrenta, sea infamante o lo exponga al ridículo, “ya de ninguna forma el nombre debe afectar a la dignidad humana, por tanto debe preverse normativamente la posibilidad de cambiar al nombre en estos casos”, afirmó.

De igual forma se considera que se pueda ajustar el nombre propio o apellidos en los casos homonimia, que con el aumento del número de la población son cada vez comunes, y se presentan diversas situaciones que afectan a los ciudadanos, desde la negación de créditos por encontrarse su homónimo en el buró de crédito o bien por deudas de carácter fiscal o civil que le acarrean molestias.

Propone que también pueda realizarse el ajuste del acta cuando existan situaciones de orden moral que pueden llevar a la persona a la decisión de realizar el ajuste de sus apellidos, por lo cual, se considera que la ley civil debe proveer la posibilidad de transformar el primero de los apellidos de simple a compuesto, o de compuesto a simple y así salvar la homonimia.

También se propone la adición de un Artículo 145 Bis, para establecer la directriz de que la sentencia que cause ejecutoria en el juicio de modificación de un acta del Registro Civil, se comunicará al Oficial del Registro Civil para que haga las anotaciones en libro y acta correspondientes, lo anterior para darle la debida publicidad a este acto modificatorio y se haga efectivo el derecho tutelado.




Proponen adicionar impedimentos para contraer matrimonio

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La Paz, Baja California Sur (BCS). La diputada Maricela Pineda García del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa para reformar la fracción X del Artículo 164 del Código Civil para el Estado de Baja California  Sur, referente a los impedimentos que existen en nuestro estado para contraer matrimonio civil, así mismo elimina términos que atentan contra la integridad de las personas, informó el Congreso del Estado.

El artículo en referencia habla sobre los impedimentos que existen en nuestro estado para contraer matrimonio civil y la fracción que se propone adicionar agrega que los casos de salud mental debidamente certificados, que no permitan el goce y ejercicio libremente de los derechos de la persona que los padece será uno de los impedimentos.

La redacción de la adición al Artículo 163 quedaría como sigue: “son impedimentos para celebrar el matrimonio: los casos de salud mental debidamente certificados, que no permitan el goce y ejercicio libremente de los derechos de la persona que los padece”.

La iniciativa fue turnada para su análisis a la comisión permanente  de puntos constitucionales y de justicia.




Proponen sanciones a organismos operadores de agua que no reparen zanjas

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Ante los recurrentes incumplimientos a la disposición normativa en materia de reparación de guarniciones y vialidades tras haber realizado trabajos de instalación de tomas o mantenimiento a la red de drenaje por parte de los organismos operadores de agua potable, la diputada Maricela Pineda García (PRD) presentó una iniciativa en el Congreso del Estado de Baja California Sur que impone un término de 5 días hábiles para que estos hagan las reparaciones, o en su caso 7 días para que los ayuntamientos asuman la responsabilidad cuando no lo hagan, informó el Congreso del Estado.

La iniciadora refirió los problemas comunes que ciudadanos afrontan en La Paz y otros municipios para su movilidad, causando en ocasiones accidentes viales con daños materiales en automóviles y en la integridad física de conductores, personas a bordo y peatones debido a la falta de reparaciones de las calles y guarniciones.

Con la adición a la Ley Estatal de Aguas en su Artículo 86, quedaría establecido que “en los casos en que con motivo de la instalación de la toma o las descargas, se destruya el pavimento, la guarnición o la banqueta, el prestador de los servicios (organismos operadores de agua potable) estará obligado a realizar de inmediato su reparación, con cargo al usuario, y que los trabajos deberán efectuarse en un plazo improrrogable de siete días hábiles contados a partir de la fecha en que se ordene su reparación”.

Fija también que cuando no lo hagan, el Ayuntamiento asuma las reparaciones en 5 días.

La adición establece que el síndico municipal deberá dar vista al Órgano de Control Interno del prestador de servicios a fin de que inicie al procedimiento administrativo sancionador en contra de los responsables de la obra de reparación por el incumplimiento de la obligación. Y a  efecto de prevenir accidentes, durante el desarrollo de los trabajos de reparación de pavimentos, guarniciones y banquetas se deberá colocar la debida señalización. El incumplimiento de esta disposición hará acreedor a los responsables y ejecutantes de la obra de reparación de las sanciones de conformidad con las leyes de la materia.

También establece el derecho a los ciudadanos para exigir al prestador de los servicios la reparación de los pavimentos, guarniciones y banquetas en los términos de la ley. La iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente del Agua.




Exhorta Congreso a Ayuntamientos ampliar campañas de educación vial

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La Paz, Baja California Sur (BCS). A raíz de los últimos accidentes viales registrados en diferentes zonas del municipio de La Paz con saldo lamentable de varias vidas perdidas, el Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó punto de acuerdo propuesto por la diputada Maricela Pineda García para hacer exhorto a los Ayuntamientos del Estado a fin de que, a través de sus Direcciones Generales de Seguridad Publica, Policía Preventiva y Tránsito Municipal, “implementen un urgente programa de cultura de educación vial a los habitantes de la capital del Estado, con el objetivo de prevenir accidentes viales de fatales consecuencias para la ciudadanía”, en tanto que los integrantes del Poder Legislativo se comprometieron a emitir la Ley de Seguridad Vial, informó el Congreso del Estado.

La legisladora externó en tribuna su consternación porque se den con frecuencia estos lamentables acontecimientos como atropellamientos causados por automóviles, motocicletas, unidades de transporte público y a conductores de motocicletas, como han dado cuenta los medios de comunicación, lo cual denota la poca o nula cultura vial de los conductores.

Maricela Pineda García determinó que aunque es apremiante que los gobiernos municipales encabecen campañas de educación vial, se tiene que trabajar también en la conciencia ciudadana sobre el uso de los puentes peatonales, el respeto a la señalética, el respeto a los tiempos de las señales en rojo de los semáforos, el uso del cinturón de seguridad, uso de carriles, en tanto a los choferes de transporte público respetar a los otros conductores de vehículos, motocicletas y peatones, así como iniciar desde casa en los menores su educación vial, llevándolos de la mano al cruzar la calle, usar cinturón de seguridad, señalización, normas de semáforos, etcétera.