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Concluyen periodos ordinarios de sesiones de la XVI Legislatura de BCS

FOTO: Congreso del Estado.

La Paz, Baja California Sur (BCS). Con la clausura de los trabajos del segundo período ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio del Congreso del Estado, bajo la presidencia de la diputada María Luisa Trejo Piñuelas, concluyen los seis períodos ordinarios de sesiones de la XVI Legislatura (2021-2024) que mandata la Constitución del Estado y la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Este domingo 30 de junio se llevó a cabo la sesión solemne de clausura y posteriormente la sesión de instalación de la Diputación Permanente del Segundo Periodo de Receso del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, de la que resultó electo el diputado Eduardo Van Wormer Castro para presidir los últimos trabajos de las legislatura, a partir de la fecha y hasta el 31 de agosto próximo.

La presidenta de la Mesa Directiva, diputada Trejo Piñuelas informó que las diputadas y los diputados presentaron 31 pronunciamientos, en torno a diversas problemáticas que aquejan a los ciudadanos, 15 proposiciones con punto de acuerdo, 21 Iniciativas con proyecto de decreto, incluyendo una del titular del Poder Ejecutivo del Estado, así como 28 dictámenes a reformas y adiciones al marco legal.

Entre la legislación del período que concluye destacan: adiciones al Código Penal estatal, para que no prescriba la acción penal de los delitos contra la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual; la homologación de días de descanso en la Ley Burocrática; la licencia menstrual para trabajadoras burocráticas, reforma a la Ley de la CEDH para que el Congreso designe al o la titular del Órgano Interno de Control (OIC); reformas al Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con la sentencia histórica emitida por la SCJN en marzo de 2015 y lucha de Irinea Buendía; tipificación de  los delitos de violencia obstétrica y violencia obstétrica equiparada en el Estado; reformas a la Constitución de BCS así como a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, para garantizar a las mujeres una justicia efectiva con perspectiva de género, por las cuales se crearan los órganos jurisdiccionales especializados, denominados “Juzgados Especializados en Violencia contra las Mujeres”.

También se aprobó tipificar la violencia vicaria como delito autónomo; en acato a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante la cual resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 132/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra del artículo 144 Ter, en la porción normativa “mayores de edad”, del Código Civil de Baja California Sur, se aprobó que el trámite de actas de nacimiento con el reconocimiento de identidad de género y cambio de nombre sea sin restricción de edad en Baja California Sur, entre otros.

En su mensaje, Trejo Piñuelas afirmó que “en estos 34 meses de labor legislativa comprometida a favor del pueblo sudcaliforniano, fortalecimos el marco legal de nuestra entidad con reformas constitucionales y legales que han venido a vigorizar el Estado de Derecho en Baja California Sur; estas acciones las impulsamos siempre pensando en el interés superior de la sociedad sudcaliforniana y en el derecho del pueblo a tener en todo tiempo y en todo momento una mejor calidad de vida”.

Destacó también la emisión de las nuevas leyes de Educación y Educación Superior, la  Revocación de Mandato, la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo Estatal Hacendario, y reformas para que, el Fondo de Infraestructura Social cuente con mayores recursos.

Al término, fue instalada la Diputación permanente cuya Mesa Directiva quedó conformada por el diputado Presidente Van Wormer; primera secretaria, Gabriela Montoya; segundo secretario, Óscar Manríquez Ruiz;  primer suplente, Fernando Hoyos Aguilar, segundo suplente, Teresita Valentín; tercer suplente, Guadalupe Vázquez; cuarto suplente, José María Avilés; y quinto suplente, Luis Armando Díaz.




Diputado propone aumentar infracciones en materia de agua potable

FOTO: Archivo / Interior: Congreso.

La Paz, Baja California Sur (BCS). El diputado Eduardo Van Wormer Castro (Morena) propuso actualizar los montos de las sanciones para quienes cometen infracciones en el uso e infraestructura pública del agua potable, como la sustracción y conexiones ilegales a la red, el uso para riego domestico fuera de horarios establecidos, entre otros establecidos en la Ley de Aguas del Estado de Baja California Sur.

Desde su expedición hace más de veinte años, la legislación no ha sufrido cambios en la materia, por lo que la iniciativa tiene como finalidad, actualizar los valores mínimos y máximos de las sanciones que aplican los organismos municipales de agua potable, ajustándolas a la realidad actual, en el contexto de escasez de agua a nivel estatal y el estrés hídrico global, expuso el iniciador.

La propuesta busca reclasificar el rango de cada sanción y reagrupar las diversas infracciones que pueden cometer los particulares, dentro de los cuatro supuestos normativos previstos en el artículo 140; entre las propuestas se enlistan: aumentar el rango de cinco a cincuenta a diez a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), en las infracciones a las personas que impidan la instalación de los servicios públicos (fracciones VI); a los que no acondicionen la instalación en el interior de las viviendas, a fin de que la lectura del consumo sea de fácil acceso al personal autorizado para este fin por los Organismos Operadores (fracción X), a los que rieguen jardines fuera del horario permitido que es de 19:00 a 6:00 horas (fracción XVIII) y a los que debiendo surtirse de agua potable del servicio público y conectarse al sistema de alcantarillado, no cumplan con la obligación de solicitar la toma de agua correspondiente dentro de los plazos que fija el Artículo 74 de esta Ley o impidan la instalación de la misma (fracción XIX).

Aumenta el rango de infracciones de cinco a veinte a de veinte a ochenta veces el valor diario de la UMA a quien utilice el servicio de los hidrantes públicos para destinarlo a usos distintos a los de su objeto; a quien impida las visitas de inspecciones y reconocimiento que realice el personal autorizado por los organismos operadores y a los que proporcionen agua a un predio o finca contigua, sin importar que dicho consumo se registre por el medidor, previstas en las fracciones III, XI y XII.

Así también eleva la multa de cinco a cuarenta a cincuenta a cien veces el valor diario de la UMA de las infracciones a quien deteriore cualquier instalación destinada a los prestadores de los servicios; a los propietarios o poseedores de los predios dentro de los cuales se localice alguna fuga que no haya sido atendida oportunamente; a quienes desperdicien el agua o no utilicen aparatos ahorradores en los términos del Artículo 92 de la Ley, y a los residentes, que frente a los inmuebles que habitan, se localice alguna fuga de agua, y  que ésta  le sea imputable. La propuesta fue turnada a la comisión del agua para su estudio, análisis y dictaminación.