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Busca Congreso de BCS vacunación de indigentes

FOTO: Internet

La Paz, Baja California Sur (BCS). El Congreso del Estado exhortó a la delegada de Programas para el Desarrollo en Baja California Sur, Dhipna Yanssen Weichselbaum para que, previa jornada de identificación, se vacune a las personas en situación de calle que se encuentran en las diversas localidades de los cinco municipios de la entidad.

A través de un boletín de prensa emitido por el Congreso local se informó que, por mayoría de votos en la sesión de este jueves, se hizo el exhorto argumentando que este sector vulnerable no está en la estadística de aplicación de la vacuna contra Covid-19 y ninguna dependencia cuenta con un registro de cuántas personas viven en esta situación y que además, estando alejados de la tecnología no contarán con la aplicación de dicha vacuna debido a que no la solicitarán.

Esta proposición con punto de acuerdo presentada en tribuna, se basó en una reseña periodística que revela el número de personas en situación de calle y que no están previstos para ser considerados en el sistema de vacunación estatal contra la Covid-19, situación que la misma titular de Bienestar, revela en una entrevista que difunde la misma nota.

Este segmento de la población, se encuentra en franca desventaja y vulnerabilidad, por no tener acceso a una aplicación electrónica o portal de internet, ni a una llamada telefónica para solicitar folio o cita para la aplicación de la vacuna, concluye el boletín.




Busca Congreso de BCS prevenir turismo sexual infantil

FOTO: Metropolimx

La Paz, Baja California Sur (BCS). Las Comisiones de Comercio y Turismo del Congreso del Estado analizan desde ahora, una iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley de Turismo para el Estado de Baja California Sur que implica capacitar a empresarios, trabajadores y servidores públicos para fomentar la prevención y protección de niñas, niños y adolescentes frente a los delitos de trata de personas, turismo sexual infantil y explotación sexual y/o laboral con o sin fines comerciales en la industria turística.

Lo anterior, se presentó este martes en sesión ordinaria y la propuesta es reformar las fracciones XI del artículo 39 y IX del artículo 40 y adicionar un primer párrafo al Artículo 56, de la Ley de Turismo para el Estado de Baja California Sur, se informó a través de un boletín de prensa del Congreso de BCS.

De aprobarse esta reforma, el sector turístico deberá cooperar con las autoridades federales, estatales y municipales, en las investigaciones y operativos necesarios para detectar conductas relacionadas con los delitos de trata de personas, explotación sexual de niñas, niños y adolescentes con o sin fines comerciales y turismo sexual infantil.

En la exposición de motivos, la iniciativa alude a los destinos turísticos como Los Cabos y Loreto que son de talla internacional, además de otras localidades y regiones que se han convertido en nichos y detonantes del turismo alternativo y sustentable para el desarrollo turístico; donde se deben conjuntar esfuerzos para que, a la par de promover la economía, el empleo y el sustento de las familias, se fortalezca la prevención y protección de la vida y la integridad personal de niñas, niños y adolescentes, quienes son susceptibles de ser víctimas de todos estos delitos.

Así mismo, la Secretaría propondrá al titular del Ejecutivo del Estado, la celebración de acuerdos con la Secretaría Federal, autoridades educativas y laborales, para implementar capacitación de empresarios, trabajadores y servidores públicos del ramo turístico sobre los conocimientos necesarios para el desarrollo de sus actividades, en los términos que establezca el marco legal vigente, impulsando además, el aprendizaje del idioma inglés para tal sector, concluye el boletín de prensa.




Analiza Congreso iniciativa para combatir pornografía infantil en BCS

FOTO: Congreso del Estado

La Paz, Baja California Sur (BCS).  Las Comisiones de Asuntos Comerciales y Turísticos, así como la de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Congreso del Estado, analizan desde hoy reformar y adicionar el artículo 101 de la Ley de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de Baja California Sur, informó el Congreso del Estado en un boletín de prensa.

Lo anterior, lleva el propósito de realizar y ejecutar las acciones preventivas y políticas de combate en contra de la pornografía y turismo sexual de personas menores, así como adoptar medidas de protección especial de derechos de niñas, niños y adolescentes que hayan sido víctimas de estos delitos.

Cabe destacar que México ocupa el nada honroso primer lugar en el mundo en difusión de prostitución infantil identificándonos como el “paraíso para hacer los contenidos” y el segundo lugar –también a nivel mundial- en turismo sexual infantil.

A través de este Proyecto de Decreto que se presentó en la sesión de este martes en la cámara de diputados sudcalifornianos, destaca que el turismo sexual infantil es una práctica que viene acrecentándose en mayor medida en los destinos turísticos de gran escala internacional, (como es el caso de Los Cabos), por lo que el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) ha venido alertando a los Estados eminentemente turísticos como el nuestro para que adopten las acciones preventivas necesarias para blindar a quienes se encuentran en riesgo de ser víctimas, concluyó el boletín.

 




Exhorta Congreso de BCS a Gobierno Federal a aplicar vacunas contra COVID en guarderías

FOTO: Congreso del Estado

La Paz, Baja California Sur (BCS). El Congreso del Estado aprobó por unanimidad este jueves 18 de mayo hacer un exhorto al Gobierno Federal, para que a través de la Secretaría del Bienestar considere la prioritaria vacunación contra el virus SAR-COV-2 a todo el personal que labora en las “guarderías” o Centros de Atención Infantil privados o mixtos del Estado de Baja California Sur, esto según la información proporcionada en un boletín de prensa.

En su exposición de motivos, la promovente señaló que aunque en el plan de vacunación las guarderías subrogadas al Estado, así como las pertenecientes al IMSS y al ISSSTE son consideradas dentro de este sector salud prioritario para ser inmunizados contra el virus del COVID-19 en el plan de vacunación anteriormente mencionado, se dejó de lado a todo personal de las estancias infantiles las cuales desde sus inicios han existido con fines sociales y demás guarderías particulares.

También, la propuesta aprobada argumenta la urgencia de que todo personal al cuidado de niñas y niños tenga acceso inmediato a la vacuna contra el COVID-19, ya que de esta forma las madres y padres trabajadores tendrán la certeza de que sus familias no correrán ningún riesgo de contagio, motivándolos así a participar de manera activa en la recuperación y reactivación económica del país, concluyó el boletín.




No habrá justicia para Luna. Maltrato animal y falta de legislación en BCS

FOTO: El Sudcaliforniano

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). Sin importar las múltiples muestras de rechazo e indignación de diferentes sectores de la sociedad sudcaliforniana, no será objeto de sanción penal el caso en el que se imputa maltrato a la propietaria de la canina llamada Luna.

La falta de sanción no será atribuible ni al Ministerio Público ni al Juez de Control, ante el cual se ha formulado imputación en contra de la dueña de la mascota referida. El evento no puede ser castigado, gracias a la negligencia de nuestros diputados locales.

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Las manifestaciones de repudio a la falta de castigo por el caso no deberán dirigirse ni al Centro de Justicia Penal, ni a la Procuraduría de Justicia. El reproche social debe enderezarse en contra del Congreso del Estado, por no armonizar adecuadamente la ley en vigor, así como en contra del Gobernador del Estado, por publicar tuits en los que promete lo que no podrá cumplir.

En el 2014, se elaboró el primer Código Penal para la entidad, elaborado por nativos y residentes del Estado. El Congreso convocó a colegios e instituciones, quienes participamos en el ejercicio, rechazamos el capítulo denominado “Delitos en contra de los animales domésticos” (que constaba de tres artículos), por carecer de aplicabilidad, en virtud de ser contrario a la legislación civil vigente en el Estado.

El proyecto se presentó para su final aprobación, y de último momento, su promotor, un diputado del Partido Verde, impuso su voluntad y se agregó ese capítulo, con la promesa de que la legislación civil se armonizaría, para que pudiera tener vigencia.

Pasaron los años y a la fecha, no se realizó la armonización legislativa, motivo por el cual, no es aplicable en el Estado.

Conforme a lo dispuesto en el Código Civil vigente en el Estado, los animales domésticos son bienes muebles susceptibles de comercialización, y se encuentran en el mercado. Forman parte del haber patrimonial de su dueño, y —por tanto—, el dueño puede disponer de ellos.

Eso significa que, si compro un perro,  me lo regalan o lo adopto, pasa a formar parte de mi haber patrimonial; puedo rentarlo, prestarlo, empeñarlo, explotarlo de manera comercial, o destruirlo, si ello le place, ya que el derecho de dominio es pleno. No puedo ser sancionado por destruir mi propio patrimonio. Así de simple.

Pasaron siete años, y como no se han armonizado las leyes, el capítulo de delitos contra los animales domésticos es inaplicable cuando se pretende imputar al propietario del animal maltratado. De hecho, el tercero de los tres artículos que contiene ha quedado superado y resulta ya obsoleto, pues sanciona con prisión de uno a tres años las peleas de perros (Artículo 388 del Código Penal BCS) cuando la legislación penal federal ya impone para el mismo supuesto una pena de seis meses a cinco años de prisión (Art. 419 bis Código Penal Federal).

La dueña del cánido no será detenida, mucho menos encarcelada, como muchos manifestantes lo solicitaron cuando atendieron de forma masiva a la convocatoria del youtubero defensor de las mascotas, porque además de todo lo expuesto, se trata de un delito considerado de bajo impacto social, que admite la suspensión del proceso, sin sanción para el imputado.

¿Qué va a pasar en el procedimiento derivado de la imputación contra la dueña de la mascota? Dependiendo del defensor, se plantean dos posibles escenarios:

A) Un defensor pragmático, conciliador, que asumirá una defensa pasiva, consistente en no objetar la imputación, ni el eventual auto de vinculación y solicitará la suspensión del proceso. Su cliente se irá a casa, cumpliendo un par de sencillas condiciones.

B) Un defensor aguerrido, garantista, que llevará la contienda, de ser necesario, hasta la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y obtendrá una sentencia absolutoria.

Para que pueda sancionarse al propietario del animal maltratado, debe reformarse el Código Penal, estableciéndose con precisión el bien jurídico a tutelar, describiendo con claridad la conducta a sancionar, y, lo más importante, armonizar la norma penal con la debida legislación civil, adecuada para el efecto.

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