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Asegura Diputado que Ley de Educación de BCS protege derechos laborales

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La Paz, Baja California Sur (BCS). A través de un boletín de prensa del Congreso de BCS se informó que, la nueva Ley de Educación para BCS, la cual ya está armonizada con la Ley Nacional, contempla nuevas figuras como los monitores y monitoras —ayudantes de los maestros de educación especial—, trabajadores de contrato, compensados, personal técnico pedagógico, los maestros del PRONI, así como la actualización  capacitación y el regreso a clases bajo la nueva normalidad educativa, declaró el Diputado Esteban Ojeda Ramírez, Presidente de la comisión de Educación.

Afirmó que tras más de un año de veto del Ejecutivo, hoy por hoy, no hay razón para que no se publique y que la legislación es una aportación de la comisión de Educación del Congreso del Estado, “durante más de un año el Gobernador Mendoza Davis la ha tenido vetada, ha regresado ese veto al Congreso, y el Congreso le ha quitado esa particularidad, lo hemos regresado al Ejecutivo y esperamos que ahora si lo publique”, dijo.

Ojeda Ramírez declaró que la nueva Ley de Educación es un paso gradual que se tiene que ir dando poco a poco, pero que es un instrumento fundamental para la administración publica del Ejecutivo Estatal, “quienes sean las nuevas autoridades de educación tendrán un instrumento valioso que les permita ir ejecutando las tareas educativas en el nuevo gobierno”, agregó.

Indicó que la Ley ya armonizada incorpora también, figuras como el telebachillerato que es importante para el abatimiento de la educación medio superior, figuras administrativas y laborales, también la nueva escuela mexicana. Así como la actualización y capacitación docente y la nueva normalidad educativa para el regreso a clases está prevista. La de Baja California Sur es la única ley armonizada que falta de ser publicada en el país, y la cual respalda los derechos laborales como de los educandos, concluye el boletín del Congreso de BCS.




Crearán municipios Consejos Consultivos para cultura turística

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La Paz, Baja California Sur (BCS). Los municipios a través de sus Ayuntamientos, a más tardar el día 31 de diciembre del año que corresponda al inicio de su administración, crearán sus respectivos Consejos Consultivos Municipales, debiéndose respetar en su integración el principio de paridad de género, con la finalidad de lograr un desarrollo integral de la actividad turística en su demarcación territorial, fomentando la cultura turística de conformidad con lo previsto en la Ley General de Turismo.

A través de un boletín de prensa del Congreso de BCS se informó que, así versa el dictamen que presentó ante el pleno, en primera lectura, la Comisión de Asuntos Comerciales y Turísticos respecto a la iniciativa con proyecto de decreto presentada por la Diputada Maricela Pineda García, del PRD.

Precisó que dicha Ley no implica para su implementación contratación de personal, algún gasto adicional a lo ya presupuestado, por lo que la comisión dictaminadora, considera que no es necesaria la estimación de impacto presupuestario a que se refiere el segundo párrafo del artículo 16 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

La creación de los Consejos Consultivos Municipales tiene en si como objetivo el impulso de la cultura turística, en lo que respecta a los municipios del Estado Mulegé, Comondú, Loreto, La Paz y Los Cabos ya uno de los objetivos de la administración municipal debe de ser concretar acciones tendientes a impulsar y promover su desarrollo integral como destino turístico de primer nivel.

En ese contexto, la legisladora manifestó en tribuna que el turismo es un factor de desarrollo en la economía, la cultura y en la sociedad en general, ya que favorece e incrementa notablemente, la inversión en construcciones de infraestructura, generando así un mayor nivel de desarrollo económico, favoreciendo la calidad de vida y de los servicios que se prestan en determinado destino turístico y con ello fortaleciendo el modo de vida de los habitantes, ya que aumentan considerablemente, las fuentes de empleo, concluye el boletín de prensa del Congreso de BCS.




Turismo Médico y Turismo Accesible, podrían incluirse en Ley de Turismo de BCS

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La Paz, Baja California Sur (BCS). La comisión permanente de Asuntos Comerciales y Turísticos de la XV Legislatura del Congreso del Estado presentó al pleno este martes 22 de junio, la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se propone reformas y adiciones a la Ley de Turismo de BCS.

A través de un boletín de prensa del Congreso de BCS se informó que, el dictamen abarca dos iniciativas con proyecto de decreto promovidas desde octubre de 2019, una por la fracción parlamentaria de Morena-PT y otra por la diputada del PRI, Anita Beltrán Peralta, en ambos casos, la comisión dictaminadora consideró pertinente su aprobación.

En el caso de la primera iniciativa, propone crear dentro de la Ley de Turismo la figura de Turismo Médico o de Salud, pues se refiere que a pesar de la importancia turística de nuestro Estado, éste es uno de los pocos que aún no cuentan con la legislación que permita dotar con de los instrumentos necesarios a la Secretaría de Turismo, Economía y Sustentabilidad para que incentive y promueva esta modalidad turística dentro del territorio y que también, beneficiará a las industria hotelera y centros médicos de BCS.

Por otro lado, el dictamen aprueba también incluir en el artículo 7 de la Ley de Turismo, un capítulo que plantea la figura de Turismo Accesible que obligará a los prestadores de servicios proveer lo necesario para que las personas con discapacidad cuenten con accesibilidad a los servicios en condiciones adecuadas. La misma obligación tendrán las autoridades respecto de los sitios culturales con afluencia turística. La reforma contempla proteger los derechos humanos de las turistas con discapacidad y procurar una atención sin discriminación alguna, debido a su condición física, concluye el boletín del Congreso de BCS.




Presentan dictamen de fortalecimiento presupuestal del Legislativo y Judicial de BCS

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La Paz, Baja California Sur (BCS). A través de un boletín de prensa del Congreso de BCS se informó que, en sesión ordinaria, la comisión permanente de Vigilancia de la Auditoría Superior del Estado presentó el dictamen para adicionar disposiciones a diversos ordenamientos en materia de Fortalecimiento Presupuestal para los Poderes Legislativo y Judicial, así como para el Organismo Autónomo de la Auditoría Superior del Estado en BCS.

El dictamen corresponde a una iniciativa presentada por el Diputado Carlos José Van Womer, Presidente de la comisión permanente de Vigilancia de la Auditoria, la propuesta busca implementar a nivel de ley diversas normativas para fortalecer la autonomía presupuestal de los poderes Legislativo y Judicial, que permitan asegurar que sus presupuestos de egresos, una vez aprobados por el Congreso del Estado, no puedan ser disminuidos durante el ejercicio fiscal correspondiente, así como que los del año siguiente no sean inferiores a los que finalmente, ejercieron en el año actual.

Estas adiciones se añaden al artículo sexto, en tanto que en el artículo 98 propone que establezca que “en ningún caso, el presupuesto de egresos de la Auditoría Superior del Estado podrá ser disminuido durante un ejercicio fiscal ni tampoco podrá el del año siguiente ser inferior al finalmente ejercido en el año actual”.

De igual forma, su presupuesto de egresos para el año siguiente no podrá ser inferior a la cantidad que en su caso resulte de sumar al monto del presupuesto ejercido en el año actual, la equivalente al porcentaje en que crezca el presupuesto de egresos del Estado aprobado para el año subsecuente o la cantidad que en su caso resulte de sumar al monto del presupuesto ejercido en el año actual, concluye el boletín de prensa del Congreso de BCS.




Aprueba Congreso BCS reformas en registro civil y pensiones alimenticias

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La Paz, Baja California Sur (BCS). En sesión ordinaria, el Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó reformas al Código Civil del Estado para modificar diversas disposiciones que tienen que ver con el registro de nacimientos, actas, orden de nombres y en materia de pensiones alimenticias.

A través de un boletín de prensa del Congreso de BCS se informó que, la comisión permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia presentó un dictamen que fue dispensado en su segunda lectura y sometido a votación, a siete iniciativas que reforman los artículos 59, 66, 71, 145, 283 y primer párrafo del artículo 473, adicionan un tercer párrafo al artículo 40, un artículo 145 bis y los párrafos tercero y cuarto al artículo 473, y se derogan la fracción II del artículo 163 y los artículos 165 y 231.

Entre las reformas destacan que el juez del registro civil deberá especificar, el orden de apellidos que acuerden los progenitores para los hijos e hijas del mismo vínculo. Si se desconoce el nombre de los padres, el juez le pondrá el nombre y apellidos, haciendo constar esta circunstancia en el acta. Cuando no haya acuerdo entre los progenitores, el juez dispondrá el orden de los apellidos, atendiendo al que por orden alfabético corresponda.

Se podrá modificar un acta del registro civil cuando se busque la modificación o cambio del nombre propio o apellidos, para adecuarla a la realidad social, el cambio del nombre propio, por el que tenga registrado le cause afrenta, sea infamante o lo exponga al ridículo, y en caso de homonimia, si le causa perjuicio moral o económico, podrá pedirse, se autorice transformar el primero de los apellidos de simple ha compuesto o de compuesto a simple.

En la reforma del artículo 283 contempla que los cónyuges que tengan hijos o no hayan liquidado la sociedad conyugal, deberán recurrir al juez de su domicilio para solicitar el divorcio voluntario, cumpliendo los requisitos previstos en el Código de Procedimientos Civiles.

En lo referente a pensiones alimentarias, prevé que en todas las controversias de alimentos, cuando así lo solicite el acreedor, el juez, a la brevedad deberá acordar la orden de descuento de los alimentos y el informe solicitado deberá ser atendido de inmediato por la parte responsable de la fuente de trabajo, con el apercibimiento que de no hacerlo se le aplicará una multa de que va desde 200 veces hasta 500 del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, además de responder solidariamente, por los daños y perjuicios que cause a la acreedora alimentaria por sus omisiones o informes falsos.

Durante la tramitación del juicio de divorcio o controversia de alimentos el deudor alimentario deberá informar de inmediato al juez de lo Familiar y al acreedor alimentista cualquier cambio de empleo, la denominación o razón social de su nuevo trabajo, ubicación, puesto o cargo que desempeñará, a fin de que continúe cumpliendo con la pensión alimenticia decretada.

En caso de que se encuentra concluido el juicio de divorcio o la controversia de alimentos y decretada la pensión alimenticia definitiva, el deudor alimentario también deberá informar lo señalado en el presente párrafo al acreedor alimentario. En ambos casos, de no hacerlo, el deudor alimentario incurrirá en responsabilidad sancionada en los términos del párrafo anterior, concluye el boletín de prensa del Congreso de BCS.