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El aborto no es un derecho

 

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Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La semana pasada, una desafortunada declaración ante un medio informativo local, atribuida al Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, llamó poderosamente mi atención. De acuerdo a la publicación, el funcionario estatal hablaba sobre el derecho humano al aborto.

Seguramente se trata de una mala interpretación del periodista. Tengo el gusto de conocer al Ombudsman estatal, y entiendo que es un profesionista estudioso, conocedor de la materia, y experimentado luchador en el campo de los derechos humanos. Por eso estoy seguro que no pudo haber dicho eso, y sin lugar a dudas, el periodista lo malinterpretó. Y de ahí la publicación del equívoco conceptual, que, por otra parte, no podemos reprochar al reportero, quien no tiene la obligación de dominar los fundamentos jurídicos que describen un derecho humano.

 

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Hecha la precisión anterior, es importante dejar en claro que no existe el derecho al aborto, y mucho menos, puede clasificarse como derecho humano.

Lo que en realidad existe —en contrapartida—, es el derecho a la vida, y todas las legislaciones modernas ubican a la vida en el catálogo de los derechos fundamentales, inherentes al ser humano.

Sobre el particular, la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, de observancia obligatoria para México, establece claramente el derecho a la vida, y su protección desde el momento mismo de la concepción (Art. 4º Párrafo Primero), y si bien el 9 de abril de 2002 el gobierno mexicano emitió una reserva al presupuesto en general a este Artículo, mediante declarativa que entró en vigor el 11 de julio de 2014, dicha protección la reconoció como reservada para el dominio de los Estados que integran el pacto federal mexicano. Esto significa, que los gobiernos estatales, en el ámbito de sus atribuciones legislativas internas, pueden establecer la protección de la vida desde la concepción, en su propia legislación, como lo han hecho ya 20 Estados de la República*, y en otros –como Baja California Sur—, se encuentra en trámite la iniciativa respectiva.

Queda entonces claro, que el derecho humano es el derecho a la vida, y la posibilidad de que una persona prive de la vida al producto de la gestación, no es un derecho, es un caso de excepción a la regla fundamental, que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reconocen, única y exclusivamente para los casos en que el producto de la gestación es fruto de una violación.

Esa excepción a la protección de la vida desde la concepción como un valor fundamental, ha sido ampliada por algunas legislaciones locales, a partir del criterio sostenido por nuestro Máximo Tribunal de Justicia, al resolver sobre la inconstitucionalidad del decreto de reforma al Código Penal para el Distrito Federal y a la Ley de Salud de esa misma entidad, que entró en vigor el 26 de abril de 2007 y que redefinió el aborto con el eufemismo interrupción del embarazo (Art. 144 del Código Penal para el entonces Distrito Federal), y lo despenalizó en los casos en que se practique como límite, al término de la décima segunda semana de gestación.

Al resolver dicha controversia, la Corte abrazó el criterio mediante el cual, cada Estado de la República, puede ampliar o restringir el estado de excepción al cumplimiento del deber de protección a la vida desde el momento de la concepción.

Actualmente, sólo la Ciudad de México permite el aborto incausado, siempre y cuando se practique antes de las doce semanas. Rebasado ese plazo, el aborto es delito. Otros Estados de la República han adoptado posturas más rígidas.

En particular, Baja California Sur, desde 2005, adoptó una de las posturas más progresistas al abordar el tema del aborto, pues contempla como excepción, no solo la violación. Amplió el espectro de excluyentes de responsabilidad a los casos de inseminación artificial no autorizada por la gestante, cuando la vida de la madre esté en peligro, cuando el producto sea inviable, cuando el aborto sea espontáneo o accidental, o que se practique contra la voluntad de la madre, en cuyo caso, ella y el producto en gestación son víctimas, y solo quienes practiquen el aborto serían sancionados.

En conclusión, el aborto no es un derecho, es un estado de excepción incluso en la Ciudad de México, donde es más liberal la legislación, que si bien se permite incausado, sólo puede practicarse antes de las 12 semanas de gestación. Es entonces el aborto una excepción, incausada, pero restringida a una temporalidad limitada.

Por cuanto a la legislación sudcaliforniana, el único caso en que una mujer podría colocarse en una situación de imputación, es el del aborto incausado, esto es, cuando se practique como método de control natal, es decir, cuando se lleva a cabo sin que opere en el caso ninguna de las eximentes de responsabilidad ya anotadas.

En esta entidad, desde que existen registros judiciales estatales, nunca mujer alguna ha sido internada a un centro penitenciario por haber abortado. Ninguna mujer ha sido condenada por abortar. Nadie puede decir que en nuestro Estado se criminaliza por tal causa a la mujer, ni enarbolar este hecho como bandera para promover la práctica del aborto incausado, es decir, usarlo como método de control natal, ni pretender promoverlo como derecho, cuando ha quedado claro que eso es jurídicamente imposible.

En síntesis: El aborto es delito.  Incluso en la Ciudad de México, donde opera una excepción incausada, restringida a temporalidad limitada, sigue siendo delito, cuando se practica después de las doce semanas de gestación; y es delito en toda la República, con las excluyentes de responsabilidad ya asentadas, en la mayoría de ellos.

Es imposible entonces, que un delito, sea al mismo tiempo un derecho. Y mucho menos que sea un derecho fundamental. Es un caso de excepción en el espectro protector a la vida, derecho humano fundamental, consagrado convencionalmente desde el momento mismo de la concepción.

En Baja California Sur están previstas todas las excluyentes de responsabilidad ya enunciadas, y el Código Penal solo previene como posible sanción a la gestante, el aborto cuando se use como método de control natal. No hay motivo legítimo para modificar nuestra legislación penal vigente en la materia.

El aborto no es un derecho, es una excepción. No es la única, y no es la mejor.

(*)Baja California, Sonora, Chihuahua, Durango, Nuevo León, Tamaulipas, Nayarit, San Luis Potosí, Jalisco, Guanajuato, Querétaro, Colima, Michoacán, Morelos, Puebla, Oaxaca, Chiapas, Veracruz, Yucatán, Quintana Roo.

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Continúa pendiente la publicación de la Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas

FOTO: Modesto Peralta.

La Paz, Baja California Sur (BCS). La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas del Congreso de Baja California Sur, diputada Petra Juárez Maceda, en coordinación con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), llevaron a cabo un ciclo de conferencias disertadas por el Cuarto Visitador General de la CNDH, Juan Garduño Bautista, en Vizcaíno, Ciudad Constitución y en la Universidad Autónoma de Baja California Sur, sobre los “Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas” y “Derechos Humanos e Interculturalidad”, informó el Congreso del Estado.

El presidente la CEDH, Elías Camargo Cárdenas, dijo que la legisladora ha impulsado la Ley de Derechos Indígenas, que viene a reforzar el andamiaje jurídico que reconoce los derechos humanos de los pueblos, comunidades y personas de las comunidades indígenas.

La presidenta de la comisión, informó a representantes de las comunidades indígenas que habitan en diferentes municipios del estado que el Poder Legislativo está impulsando decididamente el respeto de sus garantías con la Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas, sin embargo aún se espera su publicación por parte del Ejecutivo.

En este ciclo de conferencias se capacitó a representantes de las comunidades, estudiantes, así como a funcionarios y servidores públicos, incluyendo elementos de seguridad pública.




Trabajarán UABCS y CEDH en agenda común por los derechos humanos

FOTO: Archivo

La Paz, Baja California Sur (BCS). A fin de coordinar actividades que permitan fortalecer la cultura de la legalidad y el respeto a los derechos humanos en la entidad; el rector de la Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS), Dante Salgado González, y el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Elías Camargo Cárdenas, celebraron una reunión de trabajo este 6 de agosto, informó la propia universidad.

En el encuentro, que tuvo lugar en la Sala de Rectores de la Universidad, se planteó la posibilidad de establecer un convenio de colaboración de donde deriven proyectos y programas que fortalezcan no sólo a ambas instituciones, sino también a la ciudadanía.

De acuerdo con el rector de la UABCS, ambas instituciones se verían fortalecidas con este instrumento, pues el contar con un marco normativo y una agenda común, garantizaría mejores resultados. “Sabemos que la demanda por el respeto a los derechos humanos es algo global y de suma relevancia, más aún en los regímenes democráticos como el nuestro. Sin embargo, también somos conscientes que este proceso es paulatino, por ello se vuelve crucial que las instituciones sumemos nuestras capacidades”, subrayó el rector.

En tanto, el presidente de la CEDH manifestó su interés por contar con el respaldo de la UABCS, de la cual dijo ser orgullosamente egresado, sobre todo porque cuenta con una gran infraestructura y recurso humano con gran capacidad. Comentó que la CEDH puede servir de enlace con la Comisión Nacional y otras dependencias estatales, para traer expertos que brinden pláticas o conferencias magistrales a los miembros de la comunidad universitaria, que al día de hoy es muy extensa y variada.




Derechos Humanos de BCS, la burocracia inservible

FOTO: Internet.

Ius et ratio

Por Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). En breve, la administración pública estatal vivirá una profunda transformación estructural y operativa. Por primera vez en su historia, el Gobernador en turno ejercerá su mandato, compartiendo el poder público en la Entidad, con un Congreso mayoritariamente opositor. Sin lugar a dudas, el escenario es propicio para una adecuación funcional de todos los sectores del servicio público. Mucho qué hacer en los rubros fundamentales del Estado: salud, educación, seguridad pública, procuración y administración de justicia, economía, cultura, desarrollo social, y en el tema que hoy nos ocupa, el ámbito de difusión y respeto a los Derechos Humanos.

Desde su nacimiento, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) a operado como una figura decorativa, cuya Presidencia se otorga sin mayores méritos, a quien así deba ser premiado, por los servicios prestados al interés político del titular del ejecutivo en turno.

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Carente de fuerza de imperio y autonomía, la CEDH se constituye en una maquinaria burocrática estéril y costosa, cuya existencia obedece originalmente a una exigencia generada por la firma de un tratado internacional suscrito con el afán de buscar a nivel internacional, el reconocimiento de México como una nación respetuosa de los Derecho Humanos, y que actualmente, a nivel estatal, sólo sirve para simular oficialmente que en la Entidad se ejerce el poder, respetando los Derechos Humanos.

Lo cierto es que para fines prácticos, atendiendo al servicio público, este organismo es inútil y costoso. Ahora que contaremos con un Congreso que al menos en el papel no estará sujeto al capricho del Gobernador en turno, podemos pedir una reestructuración de este organismo, que lo haga operativo y funcional.

En los últimos seis meses, la CEDH ha sido noticia incluso a nivel nacional, por los escándalos derivados del manejo desaseado de los recursos públicos, la inconstitucionalidad del proceso de designación de la actual Presidente, cuyo nombramiento ha sido sancionado como ilícito por la justicia federal, y al ventilarse el procedimiento seguido, se ha puesto en evidencia el servilismo de la actual legislatura, hacia los designios caprichosos del Gobernador.

Los graves conflictos internos, se ventilan en juzgados federales y ante la CNDH; e incluso ante la PGJEBCS donde ya obran denuncias en contra de la defenestrada Presidente. Es urgente poner orden al seno del organismo, pero en lugar de ello, el Congreso del Estado ha decidido postergar la atención del caso. Que sea la nueva legislación la que se encargue de resolver el entuerto.

La ciudadanía en general, tiene la idea de que la CEDH sólo sirve para defender delincuentes, ello —entre otras causas—, es debido a que la mayoría de las quejas que se presentan, son derivadas de actos de autoridad abusivos, cometidos en el ejercicio de las facultades de prevención, investigación y persecución de los delitos. Y es por eso que el modelo de la Comisión ha fracasado, porque se ha convertido en una simple receptora de quejas, y ha descuidado o incluso abandonado, las funciones que conforme a protocolos de actuación internacional, le competen.

Atendiendo a las funciones que debiera cumplir la comisión, partiendo de la información pública disponible nos encontramos que de las 13 funciones fundamentales, la CEDH sólo atiende la recepción de quejas. Se anexa cuadro sinóptico referencial.

Se trata de una maquinaria burocrática inútil y costosa, como para seguirla manteniendo únicamente como simple receptora de quejas. Debe desaparecer, o reestructurarse y evolucionar hacia los modelos modernos y eficaces.

Nuestra propuesta

Que desaparezca la figura del Presidente de la Comisión, y que todas las funciones que en la ley se le asignen, sean entregadas al Consejo. Convertir la institución en una Procuraduría de transición hacia la democracia plena, en la que el respeto a los Derechos Humanos sea el imperativo del acontecer oficial cotidiano, mediante la constante difusión, formación, capacitación, y educación en materia de Derechos Humanos. Migrar de una simple oficina receptora recomendadora a una Procuraduría persecutora protectora de las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos, que tutele a todos los gobernados de cualquier abuso que resulte lesivo de derechos fundamentales.