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Índice de corrupción en México

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). La corrupción es el cáncer que lacera la economía y afecta el sano desarrollo de las naciones a nivel global. Ningún país está exento; y si bien hay naciones que en lo particular han logrado abatir y controlar sus índices, hasta el momento no se ha logrado la inmunidad total en ningún estado o nación.

El soborno, como principal ejercicio de corrupción, es el referente más costoso de esta ilegal práctica, pues según datos que publicó en 2022 el Banco Mundial, se pierden $2.6 trillones de dólares anualmente por concepto de dádivas ilegalmente otorgadas a servidores públicos en el mundo, lo que equivale a 05% del producto interno bruto global.

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En particular, la corrupción acentúa su ejercicio mayoritariamente en los países en desarrollo, y de acuerdo a los datos que publica el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, por cada dólar del presupuesto oficial destinado a la asistencia oficial para el desarrollo, se pierden diez, por causa de la corrupción, lo que refleja un panorama preciso del alto costo que implica este fenómeno, y la afectación que repercute indefectiblemente en perjuicio de la población económicamente más desfavorecida.

 

La Capacidad de cada nación latinoamericana, para detectar, prevenir y castigar la corrupción, es medida anualmente por la Americas Society/Council of the Americas, y el estudio correspondiente al 2023 ubica a México en el lugar décimo segundo de América Latina, solo por encima de Guatemala, Bolivia y Venezuela en este rubro. Estos son los datos más representativos que arroja el estudio: La puntuación de México continuó su tendencia a la baja por cuarto año consecutivo, con un descenso del 4%, pero conservando su duodécimo lugar en el ranking.

El descenso más pronunciado se produjo en la categoría de sociedad civil y medios de comunicación, ya que los periodistas mexicanos siguen enfrentándose a condiciones de trabajo adversas, incluida la tasa de violencia contra periodistas más alta del mundo fuera de Ucrania.

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) continúa criticando duramente a periodistas y miembros de la sociedad civil, y surgieron nuevas acusaciones sobre el uso del software espía Pegasus en contra de periodistas, activistas y el subsecretario de Derechos Humanos de México (el gobierno niega haber actuado indebidamente). Mientras tanto, las recientes protestas a gran escala se han enfocado en la controvertida reforma del presidente para recortar recursos al Instituto Nacional Electoral (INE), mientras que la corrupción ha sido menos el centro de atención de las protestas en los últimos años. México está por debajo del promedio regional en la categoría de capacidad legal y tuvo un retroceso interanual de 14% en la variable que evalúa a los organismos anticorrupción.

AMLO ha seguido criticando a organismos independientes como el INE y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Dicho organismo carece del quórum necesario para operar desde abril de 2023, cuando AMLO vetó a los comisionados que había nombrado el Senado. Desde inicios de junio, dos órdenes judiciales han permitido que el INAI tenga dos sesiones extraordinarias sobre dos casos específicos sin el quórum necesario.

En abril, el Senado aprobó un proyecto de ley que otorga a la Secretaría de la Función Pública (SFP) la supervisión de las adquisiciones y el gasto público, lo que puede afectar a la rendición de cuentas en las compras públicas. Las deficiencias institucionales del país en materia de lucha contra la corrupción siguen obstaculizando la resolución de casos de corrupción.

A pesar de que hubo un incremento en el presupuesto para las instituciones anticorrupción bajo el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) para 2023, el programa sigue enfrentando desafíos de implementación. AMLO se mantiene crítico de este mecanismo e introdujo una iniciativa para eliminar su Secretaría Ejecutiva.

Las autoridades investigan un caso relacionado con el presunto desfalco de cientos de millones de dólares de la agencia mexicana para la seguridad alimentaria (Segalmex) entre 2019 y 2021. México tendrá elecciones presidenciales, legislativas y de gobernadores en junio de 2024. La corrupción sigue siendo una de las principales preocupaciones de los votantes y puede estar presente en las campañas.

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AVISO: CULCO BCS no se hace responsable de las opiniones de los colaboradores, ésto es responsabilidad de cada autor; confiamos en sus argumentos y el tratamiento de la información, sin embargo, no necesariamente coinciden con los puntos de vista de esta revista digital.




Nuevo procedimiento civil y familiar

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Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). El pasado 07 de junio hogaño se publicó en el DOF el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que entrará en vigor paulatinamente, conforme los Tribunales estatales así lo vayan solicitando al Congreso local, en un perentorio inaplazable que culmina el 01 de abril de 2027.

Tenemos menos de cuatro años para implementar todas las novedades que incorpora el nuevo procedimiento civil y familiar, que incide de manera determinante en la carga de trabajo que enfrentan los tribunales locales, ya que representa el 70% del total de asuntos que se ventilan.

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Para darnos una idea de la magnitud de esta carga laboral, se estima a nivel nacional que cada año se inician en promedio millón y medio de casos ante los tribunales locales.

La entrada en vigor del nuevo ordenamiento nacional implica una erogación no presupuestada este año, de infraestructura material, equipamiento y mobiliario de las instalaciones judiciales, por lo que la Federación tendrá que aportar recursos a las entidades, para poder cubrir costos y ajustes presupuestales, pues necesariamente habrá que incrementar la plantilla laboral y enfrentar los costos que implica la capacitación y actualización del personal judicial y demás operadores del sistema, contemplar la organización de foros, conversatorios, programas de capacitación y certificación, así como programas de orientación y difusión dirigidos a la ciudadanía en general.

Este nuevo código unifica los procedimientos en todo el país, lo cual era una exigencia que se venía planteando desde el siglo pasado, y sienta las bases para lo que se espera una dinámica más funcional, a partir de la oralidad como eje rector.

El juez, -principal ente resolutor-, pasará de ser un el anodino personaje que en la privacidad de su despacho, y tras una montaña de expedientes, emite resoluciones en papel, para convertirse en un dinámico hetero componedor que enfrentará el reto de resolver las controversias que se le planteen, de frente a los demandantes, y dará razón de sus determinaciones, de viva voz, en un lenguaje sencillo y comprensible, directamente y en persona ante los particulares en pugna.

En gran medida, el éxito del nuevo esquema procedimental se recarga en la aplicación y eficacia de salidas alternas y mecanismos no controversiales de solución de conflictos, esquema de aplicación que requiere una adecuada selección de facilitadores, con el perfil adecuado y la capacitación necesaria.

De no contar con el personal adecuado en esta área en específico, la reforma que implica la implementación del nuevo procesal civil y familiar correrá con la misma suerte que hoy enfrenta el procedimiento penal, empantanado en un cuello de botella generado por la abrumadora carga de trabajo, debido principalmente a la inoperancia de las salidas alternas y de los mecanismos no controversiales de solución de conflictos.

Es importante cambiar el paradigma de profundo arraigo, que nos lleva a querer ganar toda controversia, cuando en la mayoría de los casos, los conflictos pueden solucionarse sin que una de las partes tenga que ganar la contienda. Con lo pesado, tardado y costoso de los procedimientos controversiales, lo cierto es que nadie gana, la sociedad pierde, los contribuyentes pagan, y en muchos casos, hablando de controversias familiares, los sempiternos perdedores son los hijos, convertidos en moneda de cambio, trofeo o instrumento de chantaje o venganza entre progenitores en conflicto.

El gobierno estatal deberá tomar muy en serio, la enorme responsabilidad de socializar las novedades procedimentales que este código nacional establece, para buscar un cambio de perspectiva ciudadana, que nos lleve a la convicción de que siempre es mejor una salida alterna donde todos salimos ganando, que un pleito donde nadie gana y todos perdemos, por los motivos sintetizados.

Entre las novedades, destaca la declaratoria de ausencia, una adecuación apremiante en un país donde la desaparición forzada se registra en cifras muy elevadas.

Entre los temas sensibles, sobresale el enfoque sobre guarda y custodia de menores, violencia familiar y en particular la violencia vicaria con una visión vanguardista, con sustento en los criterios jurisprudenciales y de derechos humanos actuales y progresivos.

​La tarea de convertir el nuevo procedimiento civil y familiar en la herramienta que dignifique y haga funcional la administración de justicia en dichos campos de aplicación, involucra a todos los sectores gubernamentales, académicos y de la sociedad civil, y todo arranca con la planeación y puesta en funcionamiento de los programas de difusión, capacitación, certificación y actualización de los operadores y la socialización de las ventajas que plantea este nuevo código, en particular, lo relacionado con la oralidad, las salidas alternas, sus ventajas y beneficios.

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La polémica Ley de Infancias Trans en BCS. Una mirada desde la diversidad

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El Beso de la Mujer Araña

Por Modesto Peralta Delgado

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). La iniciativa presentada recientemente en el Congreso del Estado de BCS que, en esencia, permitiría que menores de edad puedan cambiar de nombre y de género en una nueva acta de nacimiento —ello con el consentimiento de los padres, pero también con una alternativa si ellos no lo aprobaran—, ha encendido los ánimos polarizando a la opinión pública. Quien esto escribe, apoya la iniciativa. Te invito a leer sobre este tema desde otro punto de vista que no se ha mediatizado mucho: desde la diversidad sexual.

La controversia se agudizó desde la semana pasada, cuando el Frente Nacional por la Familia (FNF), entre otras organizaciones, se han congregado en el recinto legislativo con su acostumbrado circo mediático tan lleno de pasión como de desinformación, para impedir la aprobación de esta iniciativa. Portan letreros con melodramáticas frases como Con mis hijos no te metas o A mis hijos los educo yo —señor/a: edúquese Usted primero en el conocimiento y respeto a la diversidad—, entre otras que, como también es tradición, oponen la niñez a la diversidad sexual como si fueran antagónicas. Usan a niños y niñas como estandarte de su homofobia. ¡Pobres menores —y adultos— que sientan ser de la diversidad sexual y estén dentro de esas familias, cuánta represión sufrirán!

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Qué dice la propuesta

El dictamen que presentó la Comisión de Puntos Constitucionales —encabezada por el diputado José María Avilés Castro, donde también están Paz del Alma Ochoa Amador y Luis Armando Díaz—, fechado el 30 de mayo, señala que se trata de una iniciativa ciudadana presentada por Sasha Ceseña Guillins, José Raúl Pérez Aguilar y Ángel Fabián Gaxiola Infante. El proyecto de decreto propone reformar el Artículo 144 Ter y el 144 Quáter del Código Civil del Estado para que una persona no tenga que esperar hasta los 18 años para cambiar su nombre y género en el acta de nacimiento, si así lo quisiera.

La modificación en el Código Civil (Art. 144) diría que: “Pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género y cambio de nombre, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, quienes requieran el reconocimiento de su identidad de género. El reconocimiento respectivo se llevará a cabo ante las instancias y las autoridades correspondientes del Registro Civil del Estado (…) Se entenderá por identidad de género la forma como cada persona se percibe y, por tanto, se da a sí misma, como consecuencia de asumir la convicción y autodefinición de pertenecer a un género determinado, en relación con las construcciones sociales de masculinidad o feminidad”. Se deberá presentar: “Original y copia fotostática de su identificación oficial, excepto cuando se trate de menores de edad, en cuyo caso se deberá presentar la identificación del padre, la madre o persona que tenga la custodia legal y con expresa conformidad de la persona menor”.

Sigue: “Tratándose de personas menores de edad, el Registro Civil con el apoyo de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, deberá recabar su consentimiento en el que exteriorice su deseo y conozca los alcances del trámite. Cuando la autoridad del Registro Civil o la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado adviertan que el desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez de la persona en cuestión no sea el óptimo conforme a su edad deberá recabar un dictamen de un especialista médico psicológico solo para el efecto de determinar si comprende el significado y alcance de lo que pretende realizar a efecto de que no sea manipulado. Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento del padre, la madre o la persona que tenga la custodia legal de la persona menor de edad, ésta podrá acudir ante la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, la cual deberá prestarle asistencia legal para recurrir a la vía jurisdiccional”.

Se ha anunciado ya en diferentes medios, en voz del diputado Avilés Castro, que se harán modificaciones para garantizar la presencia de los padres y que no pierden su patria potestad, y ratificar la asesoría psicológica y legal en el proceso.

Qué dicen (y qué no dicen) los opositores

Los expresivos repudios en contra deforman y mal informan de qué se trata. Parece absurdo decirlo, pero ¡no es una obligación! Es facilitarle este cambio de identidad a un/una menor de edad en la media península, como ya es vigente en otros estados. No se afectan los derechos de los niños, niñas y adolescentes cisgénero —personas que se identifican con el sexo biológico con el que nacieron—; al contrario, se suma un derecho a personas transgénero, que no sienten pertenencia al sexo con el que nacieron. Y que las hay en Sudcalifornia, como en todo el mundo.

Otros han esgrimido en contra que, si un menor de edad no puede comprar cigarros o alcohol, porqué la prisa de que sí puedan cambiar su documentación, cuando se trata de eso: de documentos, pero que son importantes, por ejemplo, para continuar sus estudios y no representen una traba al cambiar de grado o de plantel. Además, para este proceso ni siquiera sería requisito cambiar su apariencia, aunque tampoco se opone a quien así quiera hacerlo. No es irreversible: la persona sería libre de asumir su identidad y también de cambiarla más adelante, si es su parecer. Promover que menores de edad sí puedan comprar cigarros o alcohol sí sería un grave error y sí causaría daños; poner “Juan” en vez de “Juana” en un acta de nacimiento no le provocará cáncer ni cirrosis a la persona que lo decida.

Y no es un argumento decir que hay otros temas importantes, que los hay, pero no le resta importancia a éste. No hay que pasar de largo que los derechos de la comunidad LGBT+ son muy recientes, históricamente hay un adeudo para un sector de la población que lo mismo hemos trabajado que pagado impuestos, y cuya historia de represión, odio y violencia han quedado a la sombra. En 2019 apenas se abrió la puerta y los colectivos han sabido saltar a la escena política demandando derechos, que no privilegios.

Sasha Ceseña Guillins, del colectivo Trans BCS en San José del Cabo, en entrevista para este medio, dijo que en el último año se le han acercado alrededor de cinco familias y unos 25 adolescentes de Los Cabos para orientarse sobre qué deben hacer para el cambio de identidad. Hay padres y madres que apoyan el cambio de género de sus hijos e hijas. Aunque el mismo proceso se puede hacer, hay que ampararse y pagar abogados, y las familias no siempre tienen las condiciones económicas para ello. Contó el caso de un chico trans de 16 años, estudiante de preparatoria, hijo de una familia muy religiosa, quien tras un periodo de depresión finalmente logró la aceptación de sus padres, pero hasta la fecha no tiene el acta de nacimiento que desea. Está otro caso, de un niño trans de 12 años, quien ha tenido problemas con sus profesores porque le llaman por su nombre primigenio, y tampoco ha logrado obtener una nueva acta con el nombre con que desea ser llamado. La activista cuenta que a veces es en las propias escuelas donde más se resisten a respetar la identidad de género que asumen sus alumno/as.

Ella misma, como mujer trans, supo de su identidad de género antes de los 6 años, pero dice que eran tiempos de menos información y mayor represión, tiempos donde no se les creía y nadie les daba certeza. Por eso, Sasha es una de las promoventes de esta iniciativa, para mitigar eso que llama “borrado de identidades”. Al preguntarle su opinión sobre lo que el FNF ha gritado en el Congreso de BCS de que “las infancias trans no existen”, enfáticamente dijo: “claro que sí. Las infancias trans son una realidad. Si se acercan a personas que pasan por esta situación, verán que sí existen, que están sufriendo y teniendo limitaciones”.

Esto puede parecer increíble para muchas personas. Muchos adultos lo han de considerar extraño, hasta perturbador o indeseable, pero es cierto: hay personas que pueden sentir desde niños y niñas su diferencia y estar dentro de la diversidad sexual. Si la sola idea te parece angustiante, traslada esa ansiedad a un/a menor de edad que ya sienta que es diferente: ¿no es injusto que, de entrada, les nieguen la existencia? A esos infantes les quedan dos caminos: crecer reprimidos o crecer en un hogar que los comprenda y apoye.

El problema de fondo es concebir a las personas de la diversidad sexual como pervertidos, monstruos, enfermos, anormales, ciudadanos de segunda y personas indeseables. La propuesta de los diputados es facilitar un trámite administrativo, pero los oponentes ven abrirse las puertas del infierno; tal vez imaginen que irán hordas de niños y niñas a cambiarse el sexo, cuando se trata de ayudar a jovencitos/as que viven una enorme desventaja en algo elemental: su identidad de género. Los opositores no dicen qué harían ellos/as con un/una adolescente transgénero o LGBT+ en su hogar, quizás como han sido otros casos: confinamiento en clínicas o campamentos, o “terapias” para quitarles la idea de la cabeza y forzarlos a asumir una identidad con la que no están de acuerdo.

Recordemos el matrimonio igualitario: ¿a qué parejas heterosexuales afectaron las parejas homosexuales que se casaron? Por ello insisto en que el problema de fondo es cultural y es la homofobia, terror trans: un temor irracional de que personas LGBT+ avancemos en derechos y en visibilidad. Somos poco menos que el Diablo para estas personas que protestan por todo lo que tenga que ver con la bandera del arcoíris. Nos ven como un problema y una amenaza.

En resumen, la denominada Ley de Infancias Trans en BCS no es una obligación y no afectará en nada al infante cisgénero, es facilitar un trámite a los casos de infancia y adolescencia transgénero (y pongan este letrero en una pancarta: “PARA QUIEN ASÍ LO QUIERA”), además de dar el reconocimiento a su existencia. No vulnera en absoluto a los menores de edad y no descarta a los padres en el proceso —pero sugiere un camino en caso de que los padres no apoyen al menor en su decisión. No deberían decir que el Congreso del Estado es un enemigo de la familia, porque ese concepto no le pertenece a nadie, ¿quién dice que la única forma de familia es papá, mamá, hijos e hijas? Sí podrían decir que la legislatura es gay friendly, eso como que sí les va.

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¿Fue legalmente ratificado el Magistrado?

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Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). El Congreso local de nueva cuenta fue escenario de un desaseado y burdo procedimiento mediante el cual operó de facto la ratificación de un magistrado judicial cuyo periodo base de seis años en el encargo, concluyó recientemente.

El procedimiento de ratificación para un segundo y último periodo de seis años más en el cargo se inició en tiempo, cuando el interesado así lo solicitó ante el Congreso local. 

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Se trata de un magistrado que llegó al cargo sin contar con carrera judicial, y cuyo mayor mérito para ser inicialmente designado, fue el haber sido empleado incondicional del entonces gobernador en turno; y si bien ostenta un doctorado, el mismo corresponde a una especialidad académica muy lejana al quehacer jurisdiccional que le fue encomendado, lo que establece la falta de idoneidad para el cargo.

Cuestionar lo antes apuntado es ya a estas alturas anacrónico, pero si es un reflejo de la obsoleta normatividad que regula la asignación y ratificación de magistrados, que sigue privilegiando el amiguismo, el compadrazgo, la filiación, y en algunos casos, la complicidad.

De vuelta al proceso legislativo de ratificación, las cosas empezaron mal desde que la solicitud fue turnada a una comisión a la que no le correspondía conocer de la misma, y aunque posteriormente se turnó a la que por normatividad le correspondía, el desaseo quedó evidenciado. 

El dictamen que se presentó finalmente resultó contrario a la solicitud de ratificación, pues concluyó con la determinación de NO RATIFICAR al magistrado, pero por la mínima diferencia fue votado en contra, suscitándose así un imprevisto en la norma, pues el procedimiento es muy claro para la designación de magistrado, pero existe un vacío en cuanto hace a la ratificación, ya que no se precisa en la norma constitucional si se debe contar con mayoría simple o mayoría calificada para ello. No concluyó entonces el procedimiento con una resolución clara y precisa respecto a que el magistrado haya sido o no, ratificado. Parece juego de palabras, pero es la triste realidad de nuestro sistema legal estatal en la materia.

Este tipo de lagunas legales forman parte del enorme rezago legislativo que arrastra la presente legislatura, pues están pendientes de armonizar, actualizar y adecuar una enorme cantidad de disposiciones normativas, desde 1996 a la fecha, pero como esta legislatura solo atiende cuestiones relacionadas con la ruidosa minoría privilegiada del arcoíris, el rezago legislativo continuará, y vacíos e inconsistencias legales como la que hoy comentamos, permanecerán en perjuicio de la legalidad y la certeza jurídica en el Estado.

No está prevista la ratificación de facto en nuestra Constitución, tan es así, que requiere una solicitud expresa del interesado y un procedimiento específico, pero en el caso, ante la nefasta combinación de vacíos legales e ignorancia supina de nuestros legisladores, tenemos hoy en el Tribunal Superior de Justicia, un magistrado ratificado sin haber sido ratificado legalmente. 

A partir de la próxima resolución judicial que emita el multi referido, la sombra de la nulidad acompañará sus decisiones, y bastará con que un abogado avezado en materia de nulidad lleve el caso ante la Corte, para que en cascada se genere un aluvión de incertidumbre respecto a la legalidad de las sentencias que bajo las circunstancias planteadas sean emitidas.

Y finalmente apuntamos, que al menos dos diputados debieron excusarse de conocer del procedimiento de ratificación en comento, uno que fue a prisión como consecuencia de la acusación que en su contra presentará el jurídico del Estado, entonces a cargo del hoy magistrado, y el diputado que es hijo de otro de los implicados en el mismo caso. Si bien este último no estaba obligado legalmente a excusarse, por decoro debió hacerlo.

En resumen: no sabemos si fue o no fue legalmente ratificado el magistrado de marras, y queda claro que la actual legislatura, es la peor que ha llegado al Congreso de Baja California Sur, integrada -salvo un par de honrosas excepciones- por una caterva de ignorantes desfachatados que solo atienden a intereses facciosos, que usan la diputación como mero trampolín político y que se encuentran al servicio incondicional de la minoría privilegiada.

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Peculado impropio

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Arturo Rubio Ruiz

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). El término peculado atendiendo a su raíz etimológica, literalmente significa desfalco, tiene sus orígenes en el derecho romano; deriva del término peculium que representaba la riqueza en ganado (pecus) y por extensión se aplicaba de forma genérica al caudal de bienes en propiedad o posesión de un ciudadano. Dichos bienes se encomendaban generalmente en administración a un empleado, el cual tenía derecho a reservar para sí un porcentaje de las ganancias, o peculio, y cuando el empleado incurría en administración desleal, o desfalco, era severamente sancionado.

Actualmente, el término peculado tiene una connotación específica en el campo del derecho penal, y se define como la desviación o utilización de recursos públicos para un fin diverso al objeto legal de dichos recursos.

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En el ámbito federal el artículo 223 del Código Penal Federal contempla tres hipótesis comisivas atribuibles a un servidor público y una cuarta atribuibles a un particular:

1.- Todo servidor público que para su beneficio o el de una tercera persona física o moral, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito, en posesión o por otra causa;

2.- El servidor público que ilícitamente utilice fondos públicos u otorgue alguno de los actos a que se refiere el artículo de uso ilícito de atribuciones y facultades con el objeto de promover la imagen política o social de su persona, la de su superior jerárquico o la de un tercero, o a fin de denigrar a cualquier persona;

3.- Cualquier persona que solicite o acepte realizar las promociones o denigraciones a que se refiere la fracción anterior, a cambio de fondos públicos o del disfrute de los beneficios derivados de los actos a que se refiere el artículo de uso ilícito de atribuciones y facultades, y

4.- Cualquier persona que sin tener el carácter de servidor público federal y estando obligada legalmente a la custodia, administración o aplicación de recursos públicos federales, los distraiga de su objeto para usos propios o ajenos o les dé una aplicación distinta a la que se les destinó.

Las tres primeras hipótesis contemplan como comisor a un empleado público, la cuarta tiene como agente comisor a un particular, y es la figura que se conoce como peculado impropio.

La pena de prisión, dependiendo del quebranto económico causado al patrimonio de la federación, va de los tres meses a los 14 años de prisión, y se incrementa en un tercio más si se trata de fondos destinados para la seguridad pública.

El Código Penal para Baja California Sur, artículo 285 contempla los mismos supuestos y la penalidad va de uno a quince años de prisión, más un tercio en el caso de fondos destinados a la seguridad pública.

El peculado impropio, es un presupuesto relativamente moderno, y tiene su origen en la necesidad de sancionar a particulares a quienes se les encomienda la administración de recursos públicos, actividad que cada día plantea más modalidades, derivadas de la participación cada vez más amplia de particulares en actividades originalmente encomendadas a servidores públicos, pero que en virtud de acuerdos público-privados, actualmente son encomendadas a operadores de la iniciativa privada.

El peculado impropio es un delito considerado de cuello blanco, no violento, y por ende, quienes incurren en su comisión suelen gozar de enormes prerrogativas, entre ellas, el de enfrentar eventualmente en libertad los procesos penales en su contra encausados, sin importar el monto del quebranto económico que lleguen a ocasionar, y encuentran un enorme cobijo en el entreteje de los convenios y acuerdos de colaboración entre instituciones del sector público y el sector privado.

La falta de supervisión adecuada, los intrincados esquemas financieros y complicaciones contables hacen difícil la acreditación del quebranto económico, y la falta de un esquema de fiscalización adecuada del manejo de la cuenta pública, así como la duplicidad de funciones entre organismos públicos con funciones de auditoría, generan enormes zonas grises que hacen compleja la detección de los malos manejos y la distracción de los recursos públicos

La opacidad, falta de controles adecuados y la corrupción son el campo de cultivo adecuado para que cada día se engrose la lista de comisores de peculado impropio, en detrimento patrimonial de las arcas públicas

 

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