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Generando impunidad

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Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). La actual legislatura sudcaliforniana, pasará a la historia como una camarilla al servicio de la minoría privilegiada que se abandera con el arcoíris. Pese a que la entidad arrastra un retraso histórico de más de 20 años en el quehacer legislativo, y enfrentamos el grave problema que implican los vacíos y contradicciones en el marco legal estatal generado por la falta de armonización, actualización, adecuación y sistematización funcional del compendio normativo aplicable, nuestros diputados locales han destinado el 76% del quehacer legislativo, a generar reformas que exclusivamente benefician, protegen y privilegian a la minoría empoderada que enarbola el estandarte multicolor y que sistemáticamente es beneficiada por la actual legislatura.

Ya sea por consigna partidista, convicción personal, compadrazgo, amiguismo o pertenencia, aquellos que mueven los hilos del poder al seno del Congreso estatal, no conformes con dedicar a dicha minoría privilegiada el grueso de su esfuerzo de producción normativa, ahora pretenden pasar del proteccionismo y empoderamiento, a la impunidad.

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Disfrazada de iniciativa ciudadana (formato que utilizan los diputados progres comprometidos con la agenda homosexual, para argumentar ante la sociedad que no son ellos, sino la ciudadanía la que propone) el 01 de septiembre retropróximo se presentó un proyecto de decreto que pretende derogar en la entidad el artículo 168 del código penal estatal, que previene y sanciona el delito de peligro de contagio, bajo el peregrino argumento de que ese tipo penal criminaliza y discrimina a las personas que padecen el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) El texto del artículo en comento es el siguiente:

Artículo 168. Peligro de contagio.  A quien con conocimiento de que padece una enfermedad grave y transmisible, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre que la víctima no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días. Si la enfermedad fuera incurable se le impondrá al sujeto de dos a diez años de prisión.

Este delito se perseguirá por querella de la víctima u ofendido. El tipo penal en comento, ni criminaliza ni discrimina a ninguna persona en particular, se trata de un presupuesto normativo que sanciona la puesta en peligro de la salud pública -en lo general, – y de la víctima específica en lo particular, sancionando a quien de forma dolosa (sabiendo y queriendo) genere un peligro de contagio. El tipo penal no especifica sexo biológico ni preferencia sexual del activo, ni lo sanciona por padecer una enfermedad contagiosa. Lo que se penaliza es la puesta en peligro de quien, estando sano, es expuesto por el activo, cuando este último está consciente de su condición y el pasivo ignora la misma.

Refiere la iniciativa que penalizar el peligro de contagio no cambia comportamientos ni previene nuevas infecciones. Bajo ese argumento, deberíamos despenalizar el robo y el homicidio, pues ambas estadísticas mantienen una incidencia alcista.

El marco legal del derecho punitivo no debe verse de manera sesgada. Si bien cumple con una función preventiva e inhibidora, la más relevante es la sancionadora, y si no es suficientemente eficaz en el ámbito de la prevención e inhibición, lo que debemos hacer como sociedad es ampliar el espectro de labores preventivas en las áreas de salud y educación, ubicando adecuadamente al marco punitivo como la ulterior herramienta de protección a la víctima y única herramienta sancionadora -en el caso- del daño o puesta en peligro de la salud pública en lo general, y de la víctima específica, en lo particular.

No puede seguir el Congreso local desatendiendo a sus labores fundamentales, para privilegiar la atención de los requerimientos de una minoría que busca pasar del proteccionismo y privilegios de que actualmente gozan, al estatus de impunidad que buscan con esta iniciativa de reforma legal La salud pública como bien jurídicamente tutelado, no puede quedar desprotegida solo porque una minoría se siente discriminada o criminalizada.

Existen los mecanismos que adecuadamente aplicados generan las políticas públicas para proteger y tutelar a las llamadas minorías, pero nunca a un costo social que implique poner en peligro la salud pública con tal de que dicha minoría no se sienta estigmatizada.

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Más Allá del Uniforme: Cadetes, Tortura y Cine. Heroico, la nueva cinta de David Zonana

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Colaboración especial

Alejandro Aguirre Riveros

La Paz, Baja California Sur (BCS). En Heroico, aclamada cinta de David Zonana premiada en el Festival de Cine de Guadalajara y el Festival de Cine de Berlín, se nos sumerge en la controvertida institución del ejército mexicano. Mediante la historia de Luis, un joven con raíces indígenas, la trama descubre las adversidades que un cadete experimenta al enfrentar a las filas del Heroico Colegio Militar.

El sistema jerárquico del ejército sirve como escenario para una historia que se sumerge en las sombrías realidades enfrentadas por los nuevos cadetes. Estos jóvenes son sometidos a rituales de iniciación que evocan perturbadoras técnicas de tortura. Aunque se argumenta que estas prácticas pretenden desensibilizar y fortalecer al individuo para las exigencias del servicio militar, no tienen reconocimiento oficial y contrastan enormemente con la imagen que el ejército muestra al público.

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No obstante, pese a su audacia temática, Heroico no está exenta de críticas. La cinta parece estar en deuda con una narrativa más consistente. Aunque está cargada de mensajes potentes y escenas de impacto, tiende a perderse en la ejecución y en ocasiones carece de ritmo. En cuanto a su representación, se percibe un tono condescendiente al tratar temas sensibles, lo que podría deberse a una falta de empatía hacia los personajes. Esta perspectiva superficial puede llevar a la estigmatización y perpetuación de estereotipos.

Por otro lado, hay aspectos que rescatar. La actuación de Fernando Cuautle, quien interpreta el papel antagónico, es notable. Su entrega y matices desafían el cliché y auguran un futuro prometedor en el cine mexicano. Además, la aparición en pantalla del Centro Ceremonial Otomí, utilizado como escenario para representar al Heroico Colegio Militar, otorga una riqueza visual y temática al filme. Esta elección crea un diálogo enriquecido entre el México contemporáneo y su herencia prehispánica.

Sin embargo, tras el aplauso cosechado por Mano de Obra, la ópera prima de Zonana, las expectativas para su nueva cinta eran altas. Aunque Heroico brinda una perspectiva inédita acerca del ejército mexicano, especialmente en un contexto donde la militarización del país se intensifica, persiste la impresión de que la narrativa y desarrollo podrían haberse explorado con mayor profundidad. Heroico actúa como un toque de atención, un espejo que despliega una realidad que muchos preferirían obviar. Representa un paso valiente para Zonana y a pesar de sus imperfecciones, es incuestionable que estamos ante una película que suscita reflexión y un muy necesario debate.

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La Casa de la Juventud de La Paz: Un Legado de Servicio a la Comunidad

Tierra Incógnita

Sealtiel Enciso Pérez

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). En el corazón de La Paz, se encuentra un edificio que ha sido testigo de décadas de desarrollo juvenil y deporte. La Casa de la Juventud de La Paz, conocida hoy como el Instituto Sudcaliforniano de la Juventud y el Deporte (ISJD), tiene sus raíces en una época en la que la juventud y el deporte eran prioridades en la construcción de una comunidad vibrante.

Fue en noviembre de 1962 cuando el entonces presidente de la República, Lic. Adolfo López Mateos, inauguró estas instalaciones y las entregó al pueblo de La Paz. El C. Víctor M. Sandoval fue el delegado fundador que desempeñó un papel crucial en la creación de este espacio destinado a la juventud sudcaliforniana.

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En sus primeros años, la Casa de la Juventud estuvo bajo la dependencia del Instituto Nacional de la Juventud Mexicana (INJUVE) y se convirtió en un centro de actividad y desarrollo para los jóvenes de la región. Ofreció una amplia variedad de servicios, desde la práctica de la natación hasta el atletismo en todas sus ramas, incluyendo pista y campo, así como una diversidad de deportes que iban desde el béisbol y el fútbol hasta el voleibol y el tenis, entre otros.

Pero la Casa de la Juventud no sólo promovía el deporte; también era un centro de formación artística y actoral. Aquí, los jóvenes podían participar en actividades como pintura, dibujo, ballet, danza folklórica, declamación, oratoria y teatro experimental. Además, se ofrecían oportunidades de educación tecnológica en áreas como mecanografía, electricidad, industria del vestido e idioma inglés.

Las instalaciones de la Casa de la Juventud estaban diseñadas para satisfacer todas las necesidades de los jóvenes, con un gimnasio, auditorio, piscina, biblioteca, salón de baile, aulas y campos deportivos, entre otros servicios principales. En 1973, se dedicó el auditorio en honor a uno de los más grandes intelectuales de la región, convirtiéndose en la Sala Manuel Torre Iglesias, y posteriormente en el Teatro Manuel Torre Iglesias.

A lo largo de los años, la Casa de la Juventud se adaptó a las políticas gubernamentales en constante evolución y pasó por diferentes asignaciones y siglas de organismos federales, como INJUVE y CREA. El gobierno del estado de Baja California Sur asumió el control de las instalaciones y la responsabilidad de las funciones educativas y deportivas. Finalmente, en 1989, se le otorgó oficialmente la categoría de organismo estatal bajo el nombre de Instituto de la Juventud y el Deporte.

FOTO: INSDUE

En 1999, las instalaciones se convirtieron en sede de las oficinas del Instituto Sudcaliforniano de la Juventud y el Deporte (ISJD), continuando su compromiso con la juventud y el deporte de la región. A lo largo de los años, el ISJD ha tenido varios directores generales que han trabajado incansablemente para promover el desarrollo juvenil y deportivo en Baja California Sur.

Uno de los anexos más destacados de la Casa de la Juventud es el Salón de la Fama del Deportista Sudcaliforniano, que se inauguró en 1993. Este espacio rinde homenaje a los deportistas más destacados de la región y destaca sus logros en el ámbito nacional e internacional..

La Casa de la Juventud de La Paz, con su rica historia y contribución a la comunidad, es un testimonio vivo del compromiso con la juventud y el deporte en Baja California Sur. A lo largo de los años, ha evolucionado y se ha adaptado, pero su misión de servir a la juventud y promover el deporte sigue siendo una parte integral de su legado.

 

Referencia

Ibarra Rivera, Gilberto (2018). La Paz, ciudad y puerto mexicano. Origen, proceso histórico y símbolos emblemáticos. Instituto Sudcaliforniano de Cultura. Archivo Histórico Pablo L. Martínez. La Paz, B.C.S.

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La renovación del pleno del Poder Judicial Estatal

Ius et ratio

Arturo Rubio Ruiz

La Paz, Baja California Sur (BCS). La actual legislatura sudcaliforniana tendrá a su cargo en este trimestre la designación de quienes serán titulares de las 3 magistraturas judiciales a renovarse en el Estado, pues tres de los actuales magistrados culminan sus periodos, en septiembre, octubre y noviembre de este año.

Para equilibrar la cuota de género, al menos dos de los tres nombramientos deberán recaer en profesionistas del derecho de sexo femenino.

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Cada nuevo titular de la magistratura judicial estatal será electo por el voto de 14 diputados, entre los integrantes de una terna que en cada caso proponga el gobernador del Estado. (art 92) Para ser magistrado(a) judicial estatal, solo se requiere cubrir 5 requisitos constitucionales (art 91),

1.- Ser ciudadano(a), en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles y haber residido en el Estado durante los dos años anteriores al día de la designación.

2.- Treinta y cinco años o más, cumplidos el día de la designación;

3.- Poseer al día de su elección, con una antigüedad mínima de diez años, título y cédula profesional de licenciado en derecho, expedidos por la autoridad o Institución legalmente facultada para ello.

4.- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.

5.- No haber sido secretario de despacho del poder ejecutivo, contralor general, procurador general de justicia, fiscal especializado en materia de combate a la corrupción, diputado local o presidente municipal, durante el año previo al día de la designación.

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia serán elegidos preferentemente entre aquellas personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la Administración de Justicia o que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica.

Si bien la carrera judicial está marcada como preferente en la norma constitucional, no es obligatoria, y eso da pie a que se nombre a improvisados en la materia, cuyo único mérito sea la cercanía con el gobernador en turno, práctica que ha llevado a vergonzosos desempeños en el quehacer jurisdiccional, desde cínicos arribistas que se adueñan de la presidencia del tribunal por 4 periodos consecutivos, cuando ello está expresamente prohibido por la constitución; ignorantes impreparados cuyo deficiente ejercicio jurisdiccional es constatable en las redes sociales; ambiciosos traficantes de influencia que utilizan el encargo como fuente de enriquecimiento personal, de esos que se dejan deslumbrar por un Rolex.

La experiencia profesional nos permite afirmar que la carrera judicial debería ser requisito insalvable para arribar a la magistratura judicial estatal, y que la designación debería darse en función de un ejercicio de concurso por oposición, en búsqueda de la excelencia y sanidad en la administración de justicia.

La justicia pronta y expedita que mandata la norma constitucional y exige la ciudadanía, solo podrá generarse cuando dejemos de improvisar nombramientos y dejemos de privilegiar en las designaciones de magistrados, el amiguismo generador de complicidades y contubernios.

Debemos elegir a los mejores, más aptos, más calificados, mejor evaluados, entre los jueces de carrera. Y la elección no puede seguir siendo una prerrogativa del divino dedo del gobernador, o de arreglos en los oscuros pasillos del congreso.

Al menos dos de los tres nombramientos, deberán recaer sobre jueces que actualmente ejercen en materia penal en el sistema acusatorio, y uno más habrá de recaer en un(a) juez de lo familiar, pues son las áreas que requieren especialización y experiencia específica, y que generan un elevado número de recursos, cuya tramitación requiere precisión y rapidez en su resolución.

​No más improvisados. Si queremos calidad en la administración de justicia, debemos exigir preparación, especialización, certificación y concurso por oposición para las designaciones de los magistrados judiciales estatales. Pagamos un precio muy alto con los improvisados.

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Tramo La Paz a Ciudad Insurgentes de la carretera transpeninsular

Explicaciones Constructivas

Noé Peralta Delgado

 

La Paz, Baja California Sur (BCS). Los conductores del municipio de Comondú que vamos seguido a la ciudad de La Paz en Baja California Sur, y también los que salen desde esta ciudad hacia el norte del estado, nos hemos dado cuenta de que al ir saliendo de la zona urbana los anuncios federales y algunas espectaculares, nos indican hacia qué localidad nos estamos dirigiendo y también la distancia que tendremos que recorrer.

La carretera federal que atraviesa el estado de Baja California Sur es la denominada carretera Número 1, y administrativamente hablando, está repartida en 5 tramos que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dividió para su mantenimiento por cuadrillas en los tiempos en que el gobierno federal era el encargado de su reconstrucción. Como una regla oficial y no escrita, se recomendaban que los tramos fueran de una distancia aproximada de 200 kilómetros, y que fueron enlace entre dos poblaciones importante para que en cada extremo se construyera una residencia de conservación de carreteras o un campamento para que las cuadrillas de conservación pudieran tener alojamiento y comida, durante los trabajos requeridos.

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Los cinco tramos carreteros van de sur a norte y se enumeran de la siguiente manera:

  1. Tramo Cabo San Lucas a La Paz con 217 kms.
  2. Tramo La Paz a Ciudad Insurgentes con 236 kms.
  3. Tramo Ciudad Insurgentes a Loreto con 120 kms.
  4. Tramo Loreto a Santa Rosalía con 197 kms.
  5. Tramo Santa Rosalía a Guerrero Negro 221 kms

De todos los tramos mencionados anteriormente, en todos se cumple la regla de la distancia propuesta para su adecuado recorrido de mantenimiento. La única excepción a la regla es únicamente el tramo que va de Ciudad Insurgentes a Loreto.

Pero volviendo al tema de los campamentos y las residencias de conservación, se tiene que la localidad de Ciudad Insurgentes, a pesar de ser un punto importante en el cambio de tramo no cuenta con infraestructura para tener ni siquiera un campamento, y es que en la vecina cabecera municipal de Ciudad Constitución está la residencia de conservación que da mantenimiento a todos los tramos comprendidos cerca del municipio de Comondú y Loreto.

De las localidades mencionadas en cada tramo, se tiene que Cabo San Lucas, La Paz y Santa Rosalía tienen una residencia de conservación mientras que Loreto y Guerrero Negro tienen campamentos; y la residencia de conservación que tocaría en Ciudad Insurgentes se encuentra en Ciudad Constitución. El motivo de este cambio se desconoce, pero creemos que, al construir la carretera transpeninsular allá en la década de los setentas, ya se perfilaban como municipios pioneros del ya casi formado estado constitucional de Baja California Sur: Mulegé, Comondú y La Paz; donde Ciudad Constitución ya tenía la población más importante en el valle de Santo Domingo en aquel entonces.

Pero el honor de indicar a Ciudad Insurgentes se lo lleva en la cantidad de anuncios que están sobre la salida de carretera de La Paz hacia el norte, donde en una gran mayoría se menciona como punto de referencia. Si vamos a la altura de la cola de ballena y del entronque a San Juan de la Costa, hay anuncios federales de gran tamaño indicándonos que la población próxima es precisamente Ciudad Insurgentes.

En alguna ocasión, un presidente municipal comundeño me preguntó el porqué de la salida en carretera de La Paz hacia el norte (en aquellos tiempos), no se mencionaba a Ciudad Constitución, siendo esta la población más importante que sigue en el tramo carretero, y la razón es que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a nivel central, después de La Paz, esta Ciudad Insurgentes y toda la nomenclatura de gran tamaño se concursaba tomando en cuenta dicha localidad.

Cuando el conductor del vehículo transita por primera vez desde La Paz hacia el norte como Loreto o Santa Rosalía, es muy posible que tenga en mente, y por los anuncios que ve en la carretera, que Ciudad Constitución es un pueblo muy poco importante, pero eso no es nada, comparado que una vez encarrerados en la recta larga, se van de paso en Ciudad Insurgentes y termina en La Purísima en lugar de Loreto.

Escríbenos…

noeperalta1972@gmail.com

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